El Pleno de la Asamblea aprobó un proyecto de ley para evitar discriminación laboral de acuerdo a la edad de las personas, este martes 18 de febrero de 2025.
El proyecto de ley irá a revisión del presidente Daniel Noboa para que lo sancione con la aprobación, veto parcial o veto total.
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Las personas que se beneficiarían del proyecto de ley para evitar la discriminación laboral
Con 92 votos, el proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a Varias Leyes Respecto de la Discriminación por Edad en el Sistema Laboral, fue aprobado por el Pleno de la Asamblea.
Johanna Ortiz, ponente del informe, señaló que “la igualdad de trato en el sistema laboral es un derecho que debemos defender”.
Ortiz dijo que muchos jóvenes se ven obligados a enfrentar exigencias de experiencia laboral que son imposibles de cumplir, limitando así sus oportunidades de empleo.
Sobre la no discriminación en el ámbito laboral, expresó que existe la protección especial donde se establecen cuotas progresivas de contratación de personas mayores de 40 años de edad.
Se garantiza la eliminación de barreras de ingreso basadas en edad; se da preferencia a la mano de obra local; y, se establece la prohibición de requisitos discriminatorios en anuncios de empleo.
El proyecto busca garantizar la igualdad de trato en el sistema laboral para la inserción del trabajo de los jóvenes y de las personas de más de 40 años de edad.
“Esperamos que el Presidente de la República no vete este proyecto porque los mayores de 40 años siguen buscando trabajo para alimentar a sus familias”, señaló la presidenta de la Asamblea, Viviana Veloz.
Mecanismo del proyecto de ley para evitar la discriminación laboral
Según el proyecto, el empleador que cuente con un número mínimo de 25 trabajadores está obligado a contratar a un trabajador mayor de 40 años.
Esto, observando los principios de equidad de género y diversidad, siendo progresivo este porcentaje desde la fecha de la publicación de esta Ley.
El incremento sería progresivo: en el segundo año, la contratación será de al menos el 1 % del total de los trabajadores.
En el tercer año, el 2 %, en el cuarto año 3 %.
Esto, hasta llegar al quinto año en donde la contratación será de al menos el 4 % del total de los trabajadores.
Este último sería el porcentaje fijo que se aplicará en los sucesivos años.
El ente rector de trabajo sancionará al empleador que incumpla esta disposición.
El proyecto fue analizado con aportes de la sociedad civil y jóvenes que no acceden a una fuente de empleo.
Otros beneficios
La Ley también establece la protección contra despidos masivos basados en edad.
La prohibición de presión para renuncias basadas en edad; garantías especiales para docentes adultos mayores; y, eliminación de jubilación obligatoria por edad.