La II Sala de lo Civil del Guayas reformó la sentencia de primera instancia que prohibía el ingreso del monumento al ex presidente León Febres Cordero al país. En su resolución, aprueba el ingreso del busto de cinco metros y ordena el desalojo del obelisco que instaló el Cabildo porteño en la planchada frente al barrio patrimonial Las Peñas, ubicado en el centro de la ciudad.
Luego de la decisión de primera instancia, el monumento permanece en la Aduana en Guayaquil y el Municipio ubicó el obelisco bajo la promesa de que sería reemplazado por el busto elaborado en España. En el fallo, la II Sala explica que la figura “podrá ingresar previo el cumplimiento de las formalidades aduaneras, y su colocación podrá realizarse en el área de la explanada del Malecón Simón Bolívar que no esté dentro del área protegida, previo un estudio estético que tome en consideración sus características y tamaño”.
También sostiene que el Municipio o cualquier otra entidad deberá desalojar “todo monumento, obelisco u objeto cualquiera que sin contar con un informe histórico, técnico y estético y sin haber llegado a un consenso y aprobación con el Instituto de Patrimonio Cultural, haya sido colocado en el área declarada de patrimonio cultural y zona protegida después de presentada esta Acción de Protección”.
La II Sala recibió el 9 de marzo pasado la apelación del Cabildo Porteño al fallo de primera instancia. En esa sentencia se aceptó la acción de protección interpuesta por Juan Ávila, dirigente en Guayaquil de la agrupación de izquierda Diabluma, que impedía instalar el busto sobre la planchada porque supuestamente afectaría el entorno visual de Las Peñas.