Cinco de los 10 participantes mejor puntuados en el concurso para elegir al nuevo Defensor del Pueblo recibieron 62 impugnaciones ciudadanas contra su probidad e idoneidad.
Esas apelaciones fueron presentadas hasta las 24:00 del 31 de octubre ante el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. El aspirante más cuestionado fue Ramiro Rivadeneira, el mejor calificado en el concurso y ex colaborador de Gustavo Jalkh en dos carteras de Estado. Él recibió un total de 28 impugnaciones. Patricio Benalcázar, funcionario de la Defensoría del Pueblo, recibió 22 cuestionamientos a su trayectoria y hoja de vida. Ana Abril, ex magistrada de la Corte Suprema de Justicia, tuvo seis impugnaciones. Mientras que los candidatos Carlos Poveda y Juan Villacís tienen tres, cada uno.
El principal cuestionamiento hecho a Rivadeneira y a Benalcázar es porque, según las denuncias, no acreditan 10 años de ejercicio profesional, requisito básico establecido en la Constitución para ocupar el cargo de Defensor del Pueblo.
Rivadeneira se encuentra registrado en el Colegio de Abogados de Pichincha desde el 23 de julio del 2002, es decir tiene apenas 9 años de ejercicio profesional. Mientras que Benalcázar aparece registrado desde el 5 de noviembre del 2001 en el Colegio de Abogados de Imbabura. Es decir que recién el sábado cumpliría los 10 años de experiencia profesional.
Gabriela López, vicepresidenta de la Comisión Ciudadana encargada de seleccionar a esta autoridad, recordó que si bien el Reglamento dice que se debe establecer la fecha de matrícula para determinar los años de ejercicio, la comisión analizó jurídicamente este punto y “decidió que era inconstitucional”.
Ellos se basaron en una resolución del Tribunal Constitucional emitida en el 2008. Allí se eliminó la exigencia de afiliarse a un colegio de abogados para ejercer la profesión.
Sin embargo, el vocal David Rosero dijo que “ellos no pueden interpretar el reglamento sino solo aplicarlo”. Hasta el martes próximo la Comisión deberá calificar las impugnaciones. Pero López dijo que “si versan sobre los años de ejercicio, no aceptaré la impugnación pues eso ya fue sustentado”.