Javier Cabezas es el abogado defensor de Jorge Glas Viejó, quien continúa hospitalizado. Foto: Mario Faustos / EL COMERCIO
Jorge Glas Viejó permanece en una de las habitaciones del Hospital Docente de la Policía, en el norte de Guayaquil, a la espera de que los jueces den a conocer la condena específica que deberá cumplir por un caso de violación. Esto luego de que el martes lo declararan culpable de la agresión sexual a una menor.
El paciente se encuentra en la planta alta de uno de los bloques que conforman la casa asistencial, junto al ex-Cuartel Modelo de la Policía. En el lugar, nadie ofrece información sobre la condición médica y los guardias impiden cualquier presencia de desconocidos.
Según el artículo 171 del nuevo Código Orgánico Penal (COIP) una violación es penada con cárcel de entre 19 y 22 años de reclusión. El cuerpo legal especifica, además en su artículo 54, en qué situaciones la sentencia por el delito de violación implica la máxima condena.
Al menos dos situaciones que agravan o incrementan la pena pueden ser consideradas, según la norma. La primera es que el procesado haya tenido algún tipo de relación de poder o autoridad sobre la víctima.
Cuando la madre de la niña denunció en la Policía la presunta violación, el 28 de octubre del 2011, Glas Viejó era director del plantel privado donde la menor estudiaba.
En su testimonio ante una psicóloga de la Fiscalía, el 30 de octubre del 2012, la pequeña relató que el acusado la llevó en su vehículo, por más de una ocasión, a un hostal ubicado cerca del plantel, en el noroeste de Guayaquil. Pedro Granja, uno de los abogados de la menor, sostiene que Glas Viejó se valió de su autoridad para abusar de la niña.
Otra situación que agrava la condena menciona que la pena es mayor cuando como resultado de la violación, la víctima resulta embarazada.
Cuando la madre de la niña denunció el hecho, la pequeña de 11 años llevaba varios meses de embarazo. Silvio Enríquez, también abogado de la parte acusadora de Glas, dice que se abrió otro proceso en un juzgado de la Niñez y la Familia para conseguir que Glas reconociera la paternidad de la menor.
La jueza que tomó el caso solicitó una prueba de ADN para confirmar la paternidad, pero esta no se concretó porque el investigado fugó del país en septiembre del 2011.
Para Enríquez, el Tribunal debería considerar esas dos circunstancias para imponer la máxima pena. En el antiguo Código Penal el delito de violación se reprimía con penas de entre 12 y 25 años de reclusión.
Javier Cabezas, abogado de Glas Viejó esperaba que el fallo del Tribunal fuera absolutorio. “El señor Glas es inocente, y los estamos comprobando. En ningún momento procesalmente se ha demostrado su culpabilidad”, mencionó en un receso de la audiencia del pasado martes. El defensor de Glas no adelantó si interpondrían algún recurso, ante la eventualidad de que su cliente fuera declarado culpable, como así sucedió.
La noche del martes, los tres magistrados del Tribunal acogieron las pruebas presentadas por la Fiscalía, cuyos principales elementos acusatorios fueron el testimonio de la menor de edad que denunció la violación, y las versiones de peritos médicos y psicológicos.
Hasta la tarde de ayer, 3 de septiembre, el Tribunal no notificaba a las partes con la sentencia. Los jueces tienen hasta ocho días parea hacerlo.
Hernán Ulloa, abogado penalista, dice que el COIP admite una serie de circunstancias que atenúan una condena, entre ellas haber reparado de forma voluntaria el daño o indemnizado integralmente a la víctima, presentarse de forma voluntaria a las autoridades, y colaborar en la investigación. Precisa que en el caso de violación, no es un atenuante la edad del victimario.
Para Ulloa, el arresto domiciliario tampoco se considera como medida sustitutiva, pues esta solo se aplica cuando se trata de prisión preventiva. “La condena debe ser cumplida en un centro de rehabilitación social, salvo que por una situación médica los jueces del Tribunal estimen”.
Glas Viejó permanece internado en el Hospital de la Policía desde el 14 de mayo del 2013, cuando llegó a Guayaquil deportado de Paraguay. En julio pasado, a pedido de la Fiscal que llevó el proceso, la casa de salud remitió un informe donde detalló que la situación del paciente era “clínicamente inestable”, y por ello recomendaba que no sea movilizado.
El miércoles, durante la audiencia de juzgamiento, Glas Viejó escuchó y se defendió, con la asistencia de un defensor público, desde la habitación del hospital. En anteriores declaraciones, los abogados han dicho que no hay culpabilidad.
En contexto
La defensa de la niña, cuyos abogados denunciaron la violación, espera que el Tribunal penal anuncie la sentencia, para considerar si apelan. Los abogados esperan la máxima condena que para este delito aplica el Código Penal. Esto es 22 años de reclusión.