El cambio en la normativa lo estableció el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) transitorio. En adelante, los partidos y movimientos políticos tendrán presencia otra vez en el Consejo Nacional Electoral (CNE), como antes de la aprobación de la Constitución del 2008 en el extinto Tribunal Supremo Electoral (TSE).
El Cpccs hizo público este viernes, 8 de marzo del 2018, el mandato para la selección del nuevo CNE, luego de que sus cinco exintegrantes fueron cesados y está un funciones un organismo transitorio, que durará un máximo de 60 días.
La principal novedad del reglamento es la reaparición de las organizaciones políticas. Los partidos y movimientos calificados por el CNE y que participaron en las elecciones de febrero 2017 con candidatos a asambleístas y/o presidencial podrán postular dos candidatos para el CNE definitivo, que estará en funciones hasta el 2024.
Esto difiere del último reglamento aprobado para la designación de consejeros electorales. Para la renovación parcial del año pasado, se estableció como prohibición para ser candidato haber sido directivo de partidos o movimientos inscritos en el CNE, en los dos últimos años o haber ejercido dignidades de elección popular en igual tiempo.
Además, de las organizaciones políticas podrán postular candidatos para el Consejo Electoral: las organizaciones de trabajadores, empresariales, las universidades y escuelas politécnicas, los colegios profesionales y las organizaciones de la sociedad civil con personería jurídica o de hecho que acrediten al menos cinco años de experiencia previa. También podrá postularse cualquier ciudadano con el apoyo de tres organizaciones.
Otra novedad es la prohibición de postular para quienes fueron electos consejeros titulares o suplentes del CNE por parte de anteriores Cpccs. Por ejemplo, se cierra la puerta de participación a Solanda Goyes, Juan Pablo Pozo, Domingo Paredes, entre otros.