El pasado viernes el presidente, Lenín Moreno, mostró mapas interactivos de movimientos de ciudadanos. Foto: Captura
Javier García (nombre protegido) fue diagnosticado con covid-19. En un primer intento, le negaron la prueba en el hospital de Calderón. Ocho días después, una brigada de un Subcentro de Salud le tomó la prueba. Mientras esperaba los resultados tuvo una crisis respiratoria y fue al Hospital Pablo Arturo Suárez, en el norte de Quito. Ahí lo internaron dos días y se salvó.
Ayer, una sicóloga del Ministerio de Salud lo llamó. Esa ha sido la única atención personalizada. Por eso, Javier dice que está de acuerdo que se vigile su convalecencia con el uso de sus datos del celular. Le ofrecieron hace tres días el examen para saber si ya está libre del virus. Quizá si estuviera monitoreado -dice- tendría esperanza de una atención adecuada.
Las personas portadoras de covid-19, así como los quienes están bajo sospecha sí pueden ser rastreados mediante herramientas tecnológicas durante el estado de excepción. Así lo dictaminó la Corte Constitucional (CC) en su análisis del Decreto Ejecutivo 1017. Sin embargo, esa misma decisión pone límites para ese uso.
El Decreto presidencial señala que “para el cumplimiento de las restricciones se podrán utilizar plataformas satelitales y de telefonía móvil para monitorear la ubicación de personas en estado de cuarentena sanitaria y/o aislamiento obligatorio”.
La decisión del Ejecutivo tiene como base el determinar posibles incumplimientos y así poner a esas personas “a disposición de las autoridades judiciales y administrativas competentes”.
El uso de esta herramienta fue anunciado por el mismo presidente, Lenín Moreno, el 3 de abril pasado en una cadena nacional.
En el análisis de la CC se estableció que es posible usar estos recursos tecnológicos. “Es una medida idónea, necesaria y proporcional debido a que optimiza los recursos humanos y materiales para lograr los fines del estado de excepción”.
Moreno dispuso que el Ministerio de Telecomunicaciones (Mintel) junto al Comité de Operaciones de Emergencia (COE) coordine la implementación de la plataforma tecnológica. Este Diario consultó al Mintel sobre el avance en la implementación y la seguridad con la que contará, y su área de comunicación informó que aún no hay información oficial y que, cuando se la tenga, será socializada.
El constitucionalista Emilio Suárez señaló que el dictamen de la CC limita el uso de ese recurso a cuatro parámetros. El primero es que se puede utilizar únicamente en el marco del estado de excepción. El segundo es que no se puede transgredir el derecho a la privacidad y el de no ser discriminados.
El tercero es asegurar la información personal de los pacientes. “No se pueden decir nombres y apellidos. Se pueden utilizar datos macro que le permitan al Gobierno hacer análisis y evitar la propagación del virus”.
Finalmente, Suárez señala que dicho rastreo solo se puede hacer a las personas que el Ministerio de Salud Pública haya identificado como portadores del virus y que “por lo tanto estén obligados a realizar una cuarentena”.
Para Jorge Benavides, experto constitucionalista, el uso de esa herramienta “podría potencialmente tener algún grado de conflicto con la protección de datos personales, los cuales, en principio, no pueden ser derechos suspendidos en un estado de excepción. Se debe garantizar el anonimato de esos datos y que sean utilizados para los fines correspondientes”.
El Ejecutivo deberá informar a las entidades competentes cómo se ejecutan las acciones previstas en el estado de excepción. Benavides señaló que la Defensoría del Pueblo está facultada para hacer ese seguimiento.
Suárez aseguró que en caso de que el Gobierno se extralimite en esta medida, quien se sienta perjudicado podría interponer una acción de protección ante la CC.
Andrés Burbano de Lara, presidente de la Cámara de directorio de la Cámara de Innovación y Tecnologías del Ecuador (CITEC) considera que se deben prever mecanismos de seguridad para evitar posibles filtraciones o hackeos.
“Se debe definir a una autoridad del Gobierno que autorice a quienes pueden juntar la información sobre la persona y su geolocalización”, señaló Burbano de Lara.
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