Organizaciones de derechos piden respetar normativa sobre acceso a la salud sexual y reproductiva, tras veto al Código de Salud

Imagen referencial. En el Código de Salud se abordan temáticas consideradas polémicas. Foto: Pixabay

Imagen referencial. En el Código de Salud se abordan temáticas consideradas polémicas. Foto: Pixabay

Imagen referencial. Con el veto total del Código de Salud, el Legislativo lo podrá volver a tratar en un año. Foto: Pixabay

"Al no aprobar el Código Orgánico de Salud (COS) se perdió la oportunidad de mejorar, organizar y fortalecer la normativa en salud y la garantía de estos derechos. Es necesario aclarar, sin embargo, que las normas que continúan vigentes en el país constituyen un marco de mínimos necesarios, que permiten que se garantice, desde el Estado ecuatoriano, los derechos sexuales, derechos reproductivos, y el acceso y atención en salud sexual y salud reproductiva, en concordancia con la Constitución y las obligaciones internacionales", dijeron en un comunicado más de 50 organizaciones que defienden derechos, entre ellas Surkuna, Cepam, Cedhu, Rescate Escolar, Aldea, Fundación Dignidad, Taller Comunicación Mujer, Fundación Nuestros Jóvenes, El Churo, Cedenma, entre otras nacionales.

Esto debido a que la mañana de este viernes 25 de agosto del 2020, el ministro de Salud, Juan Carlos Zevallos, y la asesora jurídica de la Presidencia, Johana Pesántez, anunciaran que el presidente Lenín Moreno vetó totalmente el proyecto de Código Orgánico de la Salud, que se discutió alrededor de ocho años en el Legislativo. Argumentaron que el articulado contiene “imprecisiones que van desde definiciones erróneas o no actualizadas, hasta una estructura institucional del sistema nacional de salud poco clara, en competencias y responsabilidades”. No detallaron qué artículos ni qué temas criticaban.

Con el veto total del cuerpo legal que regulaba la reproducción asistida y además obligaba a los médicos a atender todas las emergencias obstétricas, entre otros puntos, el Legislativo solamente podrá volver a tratar los 405 artículos en un año.

Según los activistas, organizaciones de mujeres, feministas y de derechos humanos, si bien el veto del Primer Mandatario implica que este proyecto de Ley no podrá ser discutido hasta septiembre del 2021, siguen vigentes la Ley Orgánica de Salud y otras normativas complementarias a la misma como: la Ley de Amparo y Protección al Paciente, la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, la Ley de prevención y asistencia integral del VIH, y sentencias constitucionales que garantizan el ejercicio de los derechos sexuales y derechos reproductivos.

La Ley Orgánica de Salud vigente, puntualizaron, en sus articulados respalda que: la mortalidad materna, el embarazo en adolescentes y el aborto en condiciones de riesgo, la violencia de género, intrafamiliar y sexual, el contagio y la transmisión del VIH-SIDA son problemas de salud pública y establece que los problemas de salud pública requieren atención integral y una respuesta oportuna desde el Estado.

Ana Cristina Vera, abogada y titular de Surkuna, comentó que este día ha recibido decenas de llamadas de médicos, preguntándole si ya no debían atender emergencias obstétricas. Por eso le preocupa que no se entienda bien que lo que ocurrió es que no se ampliaron los derechos, pero que debe respetarse la legislación vigente. Sebastián Palacios, legislador que integra la Mesa de Salud, consideró irresponsable la actitud del Ejecutivo. Y dijo que tiene que "arreglar el daño que está haciendo con una normativa secundaria urgente, que asegure que en hospitales y clínicas haya una atención efectiva y urgente de las emergencias obstétricas. También para evitar procesos de reasignación de sexo, es decir cirugías al momento del nacimiento".

Ana Cristina Vera recordó que al momento se "faculta a los servicios públicos y privados, a realizar abortos legales de acuerdo con lo previsto en el artículo 150 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) el cual permite, por ejemplo, la interrupción legal del embarazo para evitar un peligro para la vida o salud de la mujer embarazada. Establece la obligación de los servicios de salud, públicos o privados, de garantizar atención prioritaria a las emergencias obstétricas, incluidos los abortos. Garantiza el acceso a programas y servicios de planificación familiar y anticoncepción, para garantizar el derecho de las personas a decidir de manera libre, voluntaria, responsable, autónoma, sin coerción, libre de violencia y de discriminación sobre el número de hijos que puedan procrear, mantener y educar, en igualdad de condiciones y prohíbe solicitar consentimiento de terceras personas para acceder a los mismos".

Además recuerdan que según la Ley de derechos y amparo al paciente, que se mantiene vigente, las personas tienen los siguientes derechos en salud: A una atención digna, que incluya un trato adecuado y basado en derechos humanos, sin importar la razón por la que la persona busca la atención.

La Constitución de la República, según apuntan, garantiza también el secreto profesional y la confidencialidad sobre la información de las personas en salud como un derecho fundamental para asegurar el acceso a atención integral en salud y la protección de la integridad personal. Además, el COIP protege este derecho mediante la penalización de la ruptura del Secreto Profesional por parte de quienes hayan conocido sobre el mismo durante el ejercicio de su profesión.

"Como organizaciones de mujeres, feministas, defensoras de derechos humanos, nos mantenemos vigilantes de que el Estado ecuatoriano garantice el goce efectivo de los derechos sexuales y derechos reproductivos que el marco legal existente establece, y de que las leyes y normativas que se generen en materia de salud a futuro, se basen en el marco nacional e internacional de derechos humanos, y garanticen la progresividad en los derechos humanos, con énfasis en los derechos sexuales y derechos reproductivos. Exigimos procesos participativos, consultados, en los que las voces, necesidades y propuestas de las mujeres sean el centro de la toma de decisiones. Nuestros derechos no son negociables. Todo sobre nosotras, con nosotras".

El ministro Zevallos aseguró esta mañana que "las emergencias obstétricas deben atenderse igual que una emergencia cardiaca o cerebrovascular”. También dijo que las emergencias obstétricas se dan y se atienden en el país y que ellos (médicos) están obligados a atenderlas, por el juramento hipocrático.

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