Redacción Judicial
¿Cuál es el camino jurídico que el Estado tiene que recorrer para anular los contratos de Fabricio Correa?
HOJA DE VIDA
Diego García
El actual Procurador nació en Guayaquil el 25 de enero de 1963. Es licenciado en Ciencias Políticas.
Entre 2000 y 2007 fue Delegado del Presidente de la República al Consejo Nacional de Valores.
En 2006 fue Secretario General Jurídico de la Presidencia de la República.La atribución de terminar unilateralmente los contratos es competencia de las autoridades contratantes. Es decir, de los ministros de Estado o representantes legales de las entidades que suscribieron contratos con el hermano del Presidente Correa.
¿Cuánto se ha avanzado?
Por lo que se dice en los medios de comunicación, se ha notificado la decisión de dar por terminado los contratos. Los contratistas tienen 10 días desde que reciben la notificación oficial, para presentar sus pruebas de descargo.
¿Los contratistas ya recibieron esas notificaciones oficiales del Estado?
Hasta donde conozco ya se habría notificado, pero a mí aún no me consta. En todo caso, si eso aún no se concreta supongo que cada contratante lo hará en el transcurso de estos días.
¿Qué pasa si los contratistas demuestran que no hay causales para anular los contratos suscritos?
Cada Ministerio tiene que tomar la decisión de terminar o no los contratos, según las pruebas de descargo que se presenten. Pero hay que aclarar que no se anularán los contratos, sino que se darán por terminados.
¿Cuál es la diferencia ?
Siempre es posible que haya demandas, porque eso lo permite la Ley. No será una novedad para la Procuraduría.
Lo único que se ha hecho es anunciar la terminación de contratos.
Diego García
Procurador General del Estado
Jurídicamente, la nulidad significa que el contrato no es válido desde que se suscribió. La terminación, en cambio, establece que el contrato tuvo validez hasta que, mediante un proceso administrativo, se lo da por terminado. Es un tema de fondo.
¿Por qué se optó por la terminación y no por la nulidad de los contratos?
La nulidad tiene que declararla un juez, con base en una demanda que tiene que presentarla de forma previa el Procurador General del Estado. Eso puede durar cuatro años, que es lo que en promedio suelen tardar los juicios donde interviene el Estado. Lo que se quiere es ahorrar tiempo.
¿Cuánto puede demorar el proceso con la figura de terminación unilateral que se aplicará?
En ese caso el contratante, que puede ser un Ministro, por citar un caso, puede dar paso al pedido a través de una resolución. Eso, en promedio, demora tres semanas o un mes, según el caso.
En la figura de terminación unilateral, ¿cuál es el papel que debe cumplir la Procuraduría General ?
Ninguno. Ni en la etapa previa, al tomar la decisión ni cuando se toma la decisión. Tampoco se requiere aval de la Procuraduría, por eso ni siquiera me han consultado sobre el tema.
¿Sobre quién recae la competencia jurídica?
El Ejecutivo tiene la potestad de terminar unilateralmente los contratos si encuentra bases que sustenten su decisión.
Y, ¿si esas terminaciones de contratos luego generan demandas contra el Estado?
Ahí sí intervenimos. Siempre es posible que haya demandas, porque eso lo permite la Ley, de modo que no será una novedad para la Procuraduría.
Con la terminación, ¿qué pasará con los desembolsos de dinero que se dieron para cumplir con los contratos?
Esos desembolsos no necesariamente tiene que recuperar el Estado. Si se entregaron, y la empresa contratista no cumplió con la inversión, cabe la devolución. Pero si devengó los montos no hay razón para avanzar en una recuperación de recursos.
¿Cuál es el monto total que se dio a las empresas que se cree son de Fabricio Correa?
No conozco la cifra. Cada contratista tiene los detalles de los montos que dieron para la realización de las obras.
¿Quién tiene que determinar si los desembolsos fueron o no devengados ?
La Contraloría debe verificar si es necesario cobrar o no montos pendientes a los contratistas. Si el dinero se invirtió en la obra y el Estado cobra ese dinero se estaría enriqueciendo de forma injusta.
¿Cómo se procederá?
La autoridad tiene la obligación de liquidar el contrato y ahí determinar si hay valores por pagar al contratista o, en su defecto, si tiene que cobrar algo.
En algún momento el mismo Ejecutivo habló de anulación y no de terminación. ¿Qué implicaciones legales pudieran traer ?
Ninguna, porque ya sea por anulación o terminación, la causal sigue siendo la misma. Haber suscrito contratos contra violación expresa de la Ley.
¿Tampoco se puede acusar al Gobierno de Prevaricato, por anunciar una nulidad?
No. En este caso lo único que se ha hecho es anunciar la posibilidad de dar por terminados unilateralmente los contratos. Pero ni siquiera en este momento se ha hecho efectivo este anuncio.
¿Qué norma legal permite la terminación de los contratos con Fabricio Correa?
Normalmente no era motivo para hacer una terminación unilateral, más bien de nulidad. Pero la actual Ley de Contrataciones Públicas permite aplicar cualquiera de las dos figuras.