El elemento común de los integrantes de la terna de candidatos para dirigir la Superintendencia de Control de Poder del Mercado es su vinculación con la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (Senplades).
El 19 de abril, el Presidente remitió al Consejo Nacional de Participación Ciudadana y Control Social (Cnpccs) los nombres entre los que se designará al Superintendente: Jéssica Andrade, Mateo Villalba y Diego Martínez.
Este último, quien encabeza el listado, fue Coordinador de la Ley de Control de Poder de Mercado, normativa a través de la cual se determinó la creación de la Superintendencia. La elaboración del documento la realizó durante su participación como Subsecretario General de Planificación para el Buen Vivir de la Senplades.
De ser designado como Superintendente, se convertirá en uno de los hombres más poderosos del país ya que en sus manos estará el conocimiento y resolución de casos de supuestas prácticas que restrinjan la competencia. También será quien sancione.
Esto lo conoce bien Mateo Villalba, quien también fue parte activa en el desarrollo de la Ley al laborar como Subsecretario de Inversión Pública de Senplades. El funcionario acudió como invitado a las sesiones de la Comisión de lo Económico del Legislativo, a cargo del tratamiento del texto.
A diferencia de él y de Martínez, la tercera integrante de la terna está poco vinculada con la norma. Su perfil es técnico. Actualmente, labora como Directora de representación en directorios y empresas públicas de Senplades.
La vinculación de ella y los otros dos miembros de la terna con la entidad llama la atención de los representantes de los gremios empresariales nacionales.
“Los temas de competencia se lo entrega el Gobierno a Senplades. Eso no deja de generar suspicacias en la medida de que es una dependencia con un fuerte sesgo ideológico. Esperamos que no sea un espacio en el que se vaya a perjudicar al área empresarial”, dijo Roberto Aspiazu, director ejecutivo del Comité Empresarial.
A los empresarios también les tomó por sorpresa la publicación, el pasado lunes, del Reglamento a la Ley de Poder de Mercado ya que estaban a la espera de una reunión de socialización de esta.
La tarde de ayer los miembros del sector privado poco sabían de los artículos, entre los cuáles se incluyen los montos de las sanciones a operadores económicos por abusos o cometimiento de prácticas que impidan la competencia.
Las penalidades están entre USD 14 600 y USD 11,6 millones. El Reglamento establece facilidades de pago para los operadores infractores. Sin embargo, aclara, que el monto de cancelación inicial no podrá ser menor al 60% del total de la multa fijada.
Para la presidenta del Consejo de Cámaras y Asociaciones de la Producción, María Rosa Fabara, la Ley de Control ya hacía una explicación sobre las multas. Más bien destacó el hecho de que el reglamento haya establecido normas con relación a lo que implica el volumen total de negocios.
La empresaria, sin embargo, señaló que llama la atención que en el Artículo 8 se haya establecido que se podrá presumir que dos operadores económicos han desarrollado prácticas prohibidas que fijen o manipulen precios, limiten el comercio de bienes y servicios en el país, etc.
La Superintendencia de Control deberá analizar si precisamente dichas acciones tienen como fin impedir la competencia o afectar al bienestar general.
Diego Martínez / Asesor de la Senescyt
Es el ‘pupilo’ de René Ramírez
Es economista graduado en la Pontificia Universidad Católica del Ecuador. Obtuvo un masterado en Economía del Desarrollo en el Instituto de Estudios Sociales de La Haya, en Holanda.
Trabajó como investigador en el programa de Economía de la Flacso, en Quito, entre el 2006 y el 2007. Desde ese año hasta finales del 2011 estuvo a cargo de cuatro subsecretarías dentro de la Senplades: Planificación, Políticas e Inversiones Públicas; Inversión Pública; Planificación y Desarrollo y Planificación para el Buen Vivir.
Desde diciembre del año pasado es asesor de René Ramírez en la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (Senescyt).
Mateo Villalba / Subsecretario de la Senescyt
Saltó desde la cantera de Finanzas
Se graduó de economista en la Pontificia Universidad Católica y es máster en Economía del Desarrollo de la Flacso. Entre el 2003 y el 2005 fue coordinador de la Unidad de Seguimiento y Asistencia Técnica de la Secretaría del Frente Social. Entre el 2005 y el 2008 laboró en el Ministerio de Finanzas como subsecretario de Política Económica y asesor.
Del 2008 al 2011 trabajó en la Senplades como subsecretario de Inversión Pública, asesor del Secretario Nacional y del Subsecretario de Planificación. Desde el 2011 se desempeña como Subsecretario de Innovación y Transferencia Tecnológica de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (Senescyt).
Jéssica Andrade / Titular de la Dirección de Empresas Públicas de la Senplades
Con los ojos puestos en los tributos
Economista graduada en la Pontificia Universidad Católica del Ecuador. Logró su masterado en Relaciones Internacionales de la Flacso. Tiene un diplomado en Tributación en el CIAT, de Panamá.
Desde el 2002 hasta el 2008 trabajó en el Servicio de Rentas Internas (SRI) en los departamentos de Apoyo Operativo de Control Tributario y Apoyo y Supervisión de Gestión Tributaria. Se desempeñó también como supervisora de Sociedades y de Control a Personas Naturales.
Entre el 2009 y el 2010 laboró como subsecretaria administrativa financiera del Ministerio del Deporte. Desde el 2011 ha trabajado en la Senplades, en la Subsecretaría de Cambio Institucional y como titular de representación en directorios y Empresas Públicas.
Los puntos del reglamento
Artículo 19
Obligación de notificar. La notificación de una operación de concentración económica será realizada en el caso de fusión entre empresas u operadores económicos; por el operador económico que va a adquirir la propiedad o cualquier derecho sobre acciones o participaciones de capital, etc.
Artículo 40
Políticas de precios. La Superintendencia de Control de Poder de Mercado evaluará los efectos de las políticas de precios establecidas mediante Decreto Ejecutivo. Para ello podrá solicitar información al Ejecutivo, que deberá ser entregada en un período no mayor de 30 días contados desde la presentación de la solicitud de los datos.
Artículo 42
Atribuciones de la Junta de Regulación. Podrá normar elementos respecto al control de abusos del poder del mercado, prácticas desleales o concentración económica. También podrá expedir criterios para la evaluación de prácticas tipificadas en la Ley. Así mismo deberá autorizar el establecimiento de restricciones a la competencia según lo determina la Ley.