¿Quiénes son los 400 000 trabajadores que vuelven a la jornada presencial en Quito este 3 de junio del 2020?

La Cámara de Industria y Producción señala que las empresas han adoptado medidas de distanciamiento para su reapertura. Foto: Cortesía CIP

La Cámara de Industria y Producción señala que las empresas han adoptado medidas de distanciamiento para su reapertura. Foto: Cortesía CIP

El regreso de los trabajadores a la jornada presencial en Quito contempla el cumplimiento de medidas de bioseguridad y prevención para evitar el contagio de covid-19. Foto: Cortesía Novopan / CIP

A partir del miércoles 3 de junio del 2020, las empresas de Quito podrán retomar la jornada laboral presencial con el 50% de su personal y el 30% de aforo en tiendas de atención al cliente.

En esas circunstancias, alrededor de 400 000 trabajadores podrían reincorporarse sus actividades en las instalaciones de los establecimientos, según datos de la Secretaría de Desarrollo Productivo del Cabildo.

No obstante, el Municipio de Quito recomienda a los empleadores convocar únicamente a los trabajadores que sean necesarios en las áreas operativas. Para evitar aglomeraciones se podrían aplicar horarios escalonados de ingreso y salida del personal.

Mientras que los empleados con tareas administrativas deberían mantenerse en el teletrabajo, así como aquellos que pertenecen a grupos vulnerables (tercera edad, mujeres embarazadas, con discapacidad, etc).

Desde el Ministerio de Trabajo, el pasado 20 de mayo del 2020, se emitió la Guía de Actuación para la prevención y control de covid-19, durante la jornada laboral presencial.

En 18 páginas, el documento despliega una serie de lineamientos y disposiciones que los empleadores deberán cumplir en el retorno de los empleados a sus lugares de trabajo.

De esas directrices se destaca que no pueden retomar sus labores presenciales aquellos empleados con diagnóstico positivo de covid-19, ni quienes hayan tenido contacto cercano con un caso confirmado.

Se recomienda a los establecimientos elaborar un protocolo para el ingreso y salida de los trabajadores y servidores de los centros de trabajo. El plan se basará en las resoluciones del Comité de Operaciones de Emergencia (COE) nacional, Ministerio de Salud y ordenanzas municipales.

Según Pablo Zambrano Albuja, presidente Ejecutivo de la Cámara de Industria y Producción (CIP), las empresas realizan “esfuerzos y cambios importantes para cuidar a sus colaboradores, y la salud en general de la sociedad, para poder reactivarse”.

“La inversión varía, pero se calcula que en promedio cada empresa ha debido destinar alrededor de USD 50 000 solo para la adecuación”, explica Zambrano al recordar que ese es un esfuerzo adicional que se destina para generar condiciones seguras y responsables para la reactivación. “Es un momento en que todos debemos apoyar para reactivar la economía de manera responsable y segura, pues desde el 17 de marzo un 75% de la industria ha estado paralizada”.

La limpieza y desinfección de los trabajadores, así como de las áreas de trabajo debe ser constante, según la guía del Ministerio. Al igual que el uso de equipos de protección personal como mascarillas. También se deberá instruir a los obreros sobre el lavado y desinfección de manos (40 segundos). Las medidas de limpieza también deberán cumplirlas los clientes, visitantes, proveedores, contratistas y subcontratistas.

A continuación le presentamos el detalle completo de la guía laboral:

¿Qué empleados no deben asistir a los lugares de trabajo?

Los empleados con diagnóstico positivo de covid-19 no pueden volver a su lugar de trabajo. Tampoco podrán hacerlo aquellos trabajadores que tengan síntomas relacionados con el coronavirus - tos, fiebre, dificultad al respirar, etc -. En este caso, deberá reportarse los síntomas del empleado a la línea 171, que brinda asistencia a los casos de coronavirus en Ecuador.

Tampoco podrán retornar a su espacio de trabajo los empleados que han estado en contacto cercano con un caso confirmado de covid-19. En esta situación, el responsable de salud de la empresa tendrá que comunicarlo a la línea 171.

¿Qué medidas de protección deberán tener los empleados?

El Ministerio insta a los empleadores a “elaborar un protocolo para el ingreso y salida de los trabajadores y servidores de los centros de trabajo”. Este protocolo, deberá basarse en las resoluciones del Comité de Operaciones de Emergencia Nacional (COE), Ministerio de Salud y ordenanzas municipales.

Por otro lado, deberán tomarse las siguientes medidas de protección: limpieza y desinfección de manos, ropa, calzado y detección de casos sospechosos. También se deberá instruir a los trabajadores sobre el lavado y desinfección de manos, por lo menos 40 segundos. Las medidas de limpieza y desinfección también deberán cumplirlas los clientes, visitantes, proveedores, contratistas y subcontratistas.

Además, se deberá fomentar en los trabajadores hábitos de higiene respiratoria, cubrirse la nariz y la boca con el interior del codo flexionado al estornudar y evitar saludar de mano, beso o abrazo. El suministro de agua, jabón, desinfectante, toallas secantes debe estar garantizado por los empleadores.

¿Qué sucede con el distanciamiento y el teletrabajo?

En los espacios de trabajo se deberá mantener el distanciamiento físico de, por lo menos, dos metros.

Para ello, “el empleador puede considerar: teletrabajo, turnos de trabajo escalonados, reducción de operaciones, prestación de servicios a distancia, sustitución de reuniones”.

Además, se debe asegurar que en las áreas comunes como: comedores, vestidores, baños, recepción, área de ingreso y ascensores se mantenga el distanciamiento físico de dos metros.

En estos espacios se deberán realizar, con frecuencia, procesos de limpieza y desinfección; con énfasis en áreas de contacto frecuente como: manijas de puertas, barandillas, botones.

La Cámara de Industria y Producción señala que para cumplir con el distanciamiento social se han realizado acciones como la instalación de divisiones altas en las mesas de comedor, separaciones en mesas de reuniones y espacios de trabajo compartido. Así también, en algunas compañías, las visitas han sido absolutamente restringidas y las capacitaciones in situ canceladas.

“Si se realizan encuentros, estos deberán darse en lugares abiertos con reducción de personas manteniendo siempre el distanciamiento social de 2 metros. Además, el personal que pueda continuar con sus labores desde casa permanecerá más días bajo la modalidad de teletrabajo”, enfatiza la CIP.

¿Otras medidas que deberán tomar en cuenta los empleadores?

En el documento emitido por el Ministerio de Trabajo se dispone a los encargados de seguridad laboral de las empresas evaluar los niveles de exposición que tienen los empleados al covid-19. Estos niveles se clasifican en: Muy alto, alto, medio y bajo, según los lineamientos de la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA) de Estados Unidos.

Por otro lado, se deberá precautelar la salud mental de los trabajadores. Para esto, “el empleador, responsables de prevención de riesgos laborales y salud en el trabajo deberán elaborar e implementar un protocolo de prevención de riesgos psicosociales frente al covid-19, el cual incluirá las consecuencias sociales y de salud mental que podría acarrear un caso de covid-19 en el lugar de trabajo”.

Finalmente, las empresas deberán garantizar la protección de los grupos prioritarios y en condiciones de vulnerabilidad. En este caso, los empleados podrán acudir a trabajar de forma presencial en caso de que su actividad no se la pueda ejecutar mediante teletrabajo, solamente con la evaluación del responsable de salud en el trabajo y bajo criterio médico.