Superintendencia de Compañías suspende procesos hasta el 16 de abril del 2020

A través del documento, la Superintendencia refiere que, concluido el plazo de la suspensión, se continuarán los cómputos de los plazos o términos de los procesos.

A través del documento, la Superintendencia refiere que, concluido el plazo de la suspensión, se continuarán los cómputos de los plazos o términos de los procesos.

A través del documento, la Superintendencia refiere que, concluido el plazo de la suspensión, se continuarán los cómputos de los plazos o términos de los procesos. Foto: Archivo EL COMERCIO

La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros informó que desde este lunes 16 de marzo del 2020 se suspenden los plazos y términos de todos los procesos administrativos, coactivos, tributarios y de prescripción de la acción de cobro o proceso inherente a las competencias de la entidad durante un mes. Es decir, hasta el 16 de abril del 2020.

La resolución, que consta de tres artículos, también establece que la suspensión respecto a la emergencia sanitaria “podrá revocarse o prorrogarse conforme a las disposiciones y recomendaciones de las Autoridades Nacionales y Seccionales competentes”.

A través del documento, la Superintendencia refiere que, concluido el plazo de la suspensión, se continuarán los cómputos de los plazos o términos de los procesos.

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