La ampliación para pagar tributo llega tarde para las microempresas

Atención en la oficina del Servicio de Rentas Internas (SRI), en el norte de Quito. Foto: Archivo / EL COMERCIO

Atención en la oficina del Servicio de Rentas Internas (SRI), en el norte de Quito. Foto: Archivo / EL COMERCIO

Atención en la oficina del Servicio de Rentas Internas (SRI), en el norte de Quito. Foto: Archivo / EL COMERCIO

El anuncio del presidente Lenín Moreno, de modificar el plazo para que las microempresas paguen el tributo del 2% sobre los ingresos generados durante el 2020, llegó tarde.

Inicialmente, esta obligación debían cumplirse entre enero pasado y este mes, pero ahora será hasta noviembre del 2021.

La ampliación del plazo aplica para aquellos negocios que no generaron utilidades el año pasado, pero muchos de estos establecimientos ya pagaron.

Otros que no pudieron cumplir deben pagar multas, explica Pablo Villegas, vicepresidente del Instituto Ecuatoriano de Derecho Tributario.

El negocio Simasihu es uno de ellos. Wilma Sisalema, propietaria, cuenta que debía cancelar USD 2 500 al Servicio de Rentas Internas (SRI) por este concepto, pese a que no generó ganancias el año pasado. Ella no pudo cumplir con esta obligación tributaria.

La crisis por la pandemia la obligó a desvincular a seis trabajadoras del pequeño taller de costura que tenía en Loja, a mediados del año pasado.

Para obtener algo de ingresos, Sisalema invirtió en maquinaria e insumos para la confección de mascarillas y prendas de bioseguridad. “Ahora ni siquiera puedo pedir otro crédito. Hay compañeros que han cerrado porque no tienen cómo pagar. Esto nos desmotiva mucho a los emprendedores y no nos permite crear empleo”.

Otros microemprendedores recurrieron a créditos bancarios o recortes de personal para tener liquidez y cumplir con el pago del impuesto del 2%.

Aurelio Mosquera, por ejemplo, canceló la semana pasada USD 1 300 en el SRI. El hombre, de 58 años y propietario de un taller mecánico, sacó un préstamo en una cooperativa para cubrir ese valor. “Adquirí una nueva deuda. Tengo pendiente el pago a mis dos trabajadores y el arriendo de mi local”.

Para Luis Güilcapi, representante legal de Jamba Kiwa, la ampliación del plazo no es una solución frente al problema que plantea el pago del impuesto para el negocio.

Esta firma deberá pagar USD 2 000 al SRI hasta noviembre. “En el 2020 las ventas se redujeron en un 40% y se despidió a dos personas. Ahora, se analiza un nuevo recorte para compensar el monto que por obligación debemos pagar”, relató.

La Cámara de Comercio de Guayaquil (CCG) y la Federación Nacional de Cámaras de Comercio pidieron el envío de un proyecto con carácter de urgente para reformar la Ley de Simplificación y Pro­gresividad Tributaria.

El objetivo de la propuesta es que se corrijan los “errores” del Régimen Impositivo para Microempresas. Los gremios solicitan, específicamente, permitir que estos contribuyentes declaren sus tributos del 2020, año de la pandemia, según el régimen general. Es decir, que solo se cobre impuesto a la renta si efectivamente tuvieron ganancias.

Además, piden que el nuevo régimen sea voluntario.

Para Patricio Alarcón, presidente de la Cámara de Comercio de Quito (CCQ), se debe derogar este Régimen y aprovechar que se está trabajando en una reforma tributaria completa para que el nuevo Gobierno cree un verdadero sistema para el microempresario, que sea más simple.

En la Red de Emprendimiento e Innovación Rural (REIR), formada por 26 negocios de comunidades rurales del país, existen casos de emprendedores que no tuvieron rentabilidad; sin embargo, ellos deben cancelar por el impuesto hasta USD 4 000.

“Para ellos fue muy duro”, refiere Wilson Lema, presidente del colectivo. “Estoy consciente de que debemos aportar para el desarrollo del país, pero deberían pensar en que ­esto es una barrera de entrada para el emprendimiento”, agrega Lema.

Idrián Estrella, presidente de la Federación Nacional de Contadores, dice que la medida beneficiará solo a aquellos que aún no han cumplido con las obligaciones. Al que ya pagó no se le devolverá, explica.

Los detalles del nuevo decreto

La microempresas sin utilidad en el 2020 podrán pagar el impuesto del 2% sobre los ingresos hasta noviembre de 2021 y el tributo de 2021 hasta marzo de 2022.

De acuerdo con el Decreto firmado por el Presidente que amplía el plazo, el valor que las personas naturales y jurídicas hayan pagado por multas e intereses no será devuelto.

El Servicio de Rentas Internas (SRI) deberá emitir una resolución con el nuevo calendario de pago y con la información necesaria para aplicar el Decreto 1240.

El Presidente de la República determinó que el monto a pagar por impuesto del 2% para microempresarios ya puede restarse del crédito tributario. Antes esto no era posible.

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