SRI asegura que aplicaciones de taxis no pueden operar sin facturar

El 24 y 26 de julio del 2017, el Servicio de Rentas Internas (SRI) suspendió el RUC a las empresas Cabify e Easy Taxi. Foto: Alfredo Lagla / EL COMERCIO

El 24 y 26 de julio del 2017, el Servicio de Rentas Internas (SRI) suspendió el RUC a las empresas Cabify e Easy Taxi. Foto: Alfredo Lagla / EL COMERCIO

El 24 y 26 de julio del 2017, el Servicio de Rentas Internas (SRI) suspendió el RUC a las empresas Cabify y Easy Taxi. Foto: Alfredo Lagla / EL COMERCIO

“Estamos haciendo los controles respectivos, porque cualquier actividad económica en el país debe ser facturada”. Con esas palabras, Guillermo Belmonte, subdirector General de Cumplimiento Tributario del Servicio de Rentas Internas, se refirió a los operativos que ejecuta la entidad para supervisar que el servicio de movilidad a través de aplicaciones pague impuestos en Ecuador.

Al menos tres aplicaciones móviles ofrecen servicio de transporte en el país: Easy Taxi, Cabify y Uber. No obstante, ellas no cuentan con el Registro Único de Contribuyentes (RUC). Este documento de identificación sirve para realizar cualquier actividad económica en el Ecuador y es asignado a aquellas personas naturales o jurídicas, titulares de bienes o derechos, por los cuales deben pagar impuestos.

El 24 y 26 de julio del 2017, el Servicio de Rentas Internas (SRI) suspendió el RUC a las empresas Cabify y Easy Taxi, respectivamente. En el SRI no hay registro de que Uber hubiera tramitado RUC en el país.

Sobre el caso de Easy Taxi y Cabify, Belmonte recalcó que si las empresas continúan prestando actividad económica, están evadiendo al fisco porque no pueden hacerlo sin facturar

El funcionario señaló que de estar facturando con comprobantes de origen extranjero, de igual forma estarían evadiendo impuestos porque no existe la importación de un servicio, sino que se está consumiendo un servicio nacional.

Respecto a Uber, Belmonte señaló que se están haciendo los controles respectivos “porque ni siquiera ha sacado RUC”. Agregó que de estar ejerciendo actividad económica en el país y generando ingresos sin facturar, lo haría de forma no apegada a la ley.

“(Uber) tendría que declarar y facturar, algo que sí estaban haciendo Easy Taxi y Cabify, pero cumpliendo parcialmente”, sostuvo el representante del SRI.

La empresa Uber aseguró a EL COMERCIO que sí tiene una entidad legalmente constituida en el país. Sobre sus contribuciones al fisco, señaló que los socio-conductores, al generar ingresos, tienen autonomía para el pago de impuestos.

A Easy Taxi y Cabify, según explicó el SRI, se les suspendió el RUC por no existir correlación entre la actividad económica declarada y la labor que ejercen en Ecuador. Ambas empresas registraron como actividad económica el desarrollo de programas informáticos, aplicaciones móviles y servicios de Internet.

Belmonte recordó que cualquier contribuyente que realice actividad económica sin facturar está sometido a la Ley para la Reforma de las Finanzas Públicas (1999), la cual señala que ante toda transacción se debe emitir un comprobante de venta. “De no emitirse, la sanción es la clausura del establecimiento o la suspensión de actividades”.

Dentro de las obligaciones con las que deben cumplir estas empresas ante el SRI, según la entidad, están: declaraciones del IVA, de Retenciones en la Fuente y del Impuesto a la Renta; presentaciones de Anexo Transaccional Simplificado, de Relación de Dependencia y de Anexo de Dividendos.

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