El Servicio de Rentas Internas (SRI) anunció la ampliación del plazo para presentar declaraciones tributarias en la provincia de Esmeraldas.
La razón es al sismo registrado el 25 de abril de 2025. La medida beneficia a los contribuyentes cuyo noveno dígito del RUC sea 9 o 0, quienes podrán cumplir sus obligaciones fiscales sin recargos hasta finales de mayo.
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Declaraciones de impuestos prorrogadas para Esmeraldas
Según la resolución emitida por el SRI Ecuador, las declaraciones de Impuesto a la Renta 2024, IVA marzo 2025, ICE, retenciones en la fuente, y el Anexo Transaccional Simplificado (ATS) de febrero de 2025 tendrán nuevas fechas límite.
Los contribuyentes con noveno dígito 9 deberán declarar hasta el 27 de mayo, mientras que los que terminan en 0, hasta el 29 de mayo.
Si la fecha de vencimiento coincide con días de descanso obligatorio o feriados nacionales o locales, aquella se trasladará al siguiente día hábil.
Esta prórroga tributaria busca aliviar la carga administrativa tras el evento telúrico que afectó la actividad económica y social de Esmeraldas.
No se aplicarán multas tributarias, recargos ni intereses por cumplir en estas fechas extraordinarias.
Suspensión de plazos administrativos tributarios
El SRI suspendió temporalmente los plazos tributarios y los términos de prescripción de la acción de cobro correspondientes al 25 de abril de 2025.
La reactivación de estos plazos será desde el 28 de abril. Esto significa que cualquier procedimiento administrativo relacionado con impuestos y tributos fue congelado por tres días, brindando tiempo adicional a los contribuyentes y a la Administración Tributaria.
Aplicación de la resolución del SRI en procesos fiscales
Todas las unidades del Servicio de Rentas Internas deberán acatar las disposiciones establecidas en esta resolución dentro de sus procesos de recaudación y control.
Esto implica ajustar los cronogramas de vencimiento y considerar como inhábil el día 26 de abril, en cumplimiento del Decreto Ejecutivo 598.
La resolución, firmada por el Director General del SRI, Damián Alberto Larco Guamán, entró en vigencia desde su publicación oficial. Cabe destacar que los pagos de multas o intereses realizados antes de la resolución no serán devueltos.