Siete días tomó viabilizar ingreso de Victor Villacrés al IESS

El presidente posesionó a Víctor Hugo Villacrés (primero de la derecha) la semana pasada. cortesía presidencia

El economista Víctor Hugo Villacrés será posesionado hoy por la Superintendencia de Bancos y Seguros (SBS) como representante del Ejecutivo ante el Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).
Villacrés, joven economista con estudios superiores y especializaciones en España, Francia y EE.UU. reemplazará a Fernando Cordero, quien estuvo 10 meses en este cargo.
La apuesta por un profesional, joven y con preparación académica en el exterior llevó al Gobierno a preparar el camino para su posesión. La edad de Villacrés (36 años) era un obstáculo para su nombramiento. Esto porque el artículo 29 de la Ley de Seguridad Social señala que la edad mínima para ocupar un cargo en el Consejo Directivo del IESS es de 40 años.
Pero luego de que una resolución de la Corte Constitucional suspendiera este requisito de manera temporal, este ya no es un impedimento. Al organismo le tomó siete días resolver el tema. El 21 de marzo pasado, tres días después de que Fernando Cordero renunció al IESS, el presidente Correa presentó ante la Corte Constitucional una demanda de inconstitucionalidad a este requisito de edad exigido por la Ley de Seguridad Social.
Además, el mandatario solicitó en la demanda que en la primera providencia se suspenda temporalmente esta exigencia, "a fin de evitar y cesar la amenaza o violación de derechos reconocidos en la Constitución...".
Los principales argumentos que constan en la demanda son, entre otros, que esta parte de la Ley de Seguridad Social vulnera la Constitución vigente desde el 2008, pues en ella no existen requisitos mínimos de edad para las máximas autoridades del Estado, salvo para asambleístas (18 años) y el Presidente y Vicepresidente de la República (35 años). También señala que el numeral 2 del artículo 11 de la Carta Magna establece que nadie puede ser discriminado, entre otros motivos, por razones de edad.
Una semana después, el 27 de marzo, la Corte emitió una providencia donde admitió a trámite la causa y suspendió provisionalmente, como medida cautelar, la aplicación del requisito de edad de la Ley de Seguridad Social.
La decisión, según la providencia, se tomó "al amparo de lo dispuesto en los artículos 27, 79 numeral 6 y 80 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, relativos a medidas cautelares, suspensión provisional de aplicación de norma y requisitos pertinentes para tramitar el proceso de inconstitucionalidad, respectivamente". El organismo aún no emite una versión oficial del tema.