El sector productivo minero cuestionó, este miércoles 8 de diciembre del 2021, la sentencia emitida por la Corte Constitucional (CC) sobre las concesiones mineras en el bosque nuboso Los Cedros en Imbabura.
El pasado 1 de diciembre, la CC reiteró una sentencia de la Corte Provincial de Imbabura que dejó sin efecto el registro ambiental del Proyecto Minero Río Magdalena.
En la sentencia se decidió que las actividades que atentan contra los derechos de la naturaleza no deben realizarse dentro del ecosistema de Los Cedros. El fallo prohíbe la minería y todo tipo de actividades extractivas en el área protegida. También se determinó negar los permisos de agua y ambientales a las empresas mineras.
Pablo Zambrano, presidente de la Federación de Industrias del Ecuador, señaló que la decisión atenta contra la seguridad jurídica de las empresas.
Para Zambrano, la sentencia no tiene un argumento legal ni constitucional; ya que señala el incumplimiento de un “requisito que no constaba en ninguna norma ecuatoriana y que la Corte crea en esta misma sentencia, aplicándola
retroactivamente”, dijo.
También señaló que prohíbe las actividades extractivas en lugares donde el mismo Estado otorgó concesiones, ampliando arbitrariamente las zonas donde no se puede realizar este tipo de actividades.
Andrés Ycaza, síndico de la Cámara de Minería de Ecuador, señaló que la medida bloquea la acción legal de la empresa privada y da paso a la incursión de actividades legales.
Los empresarios mineros manifestaron que los jueces de la Corte Constitucional no pueden atribuirse los roles de los otros poderes del Estado y no pueden reemplazar a la autoridad ambiental regentada por el Ejecutivo y peor aún asumir el rol de legisladores.