Contribuyentes podrán acceder a remisión de intereses en multas por impuesto verde en septiembre de 2019

Pueden acogerse a la remisión los contribuyentes que mantengan obligaciones a la fecha de publicación de la ley, es decir, el 16 de agosto de 2019.

Pueden acogerse a la remisión los contribuyentes que mantengan obligaciones a la fecha de publicación de la ley, es decir, el 16 de agosto de 2019.

Pueden acogerse a la remisión los contribuyentes que mantengan obligaciones a la fecha de publicación de la ley, es decir, el 16 de agosto de 2019. Foto: Archivo EL COMERCIO

El Servicio de Rentas Internas (SRI) emitió la resolución que da paso a la aplicación de la remisión del 100% de intereses, multas y recargos de deudas acumuladas por el Impuesto Verde. También autoriza el procedimiento para el plan de pagos.

El documento está fechado al 19 de agosto pasado y fue suscrito por Alba Molina, secretaria general del SRI. De esta manera se cumple con una de las disposiciones de la Ley Derogatoria del Impuesto Ambiental a la Contaminación Vehicular.

Pueden acogerse a la remisión los contribuyentes que mantengan obligaciones a la fecha de publicación de la ley, es decir, el 16 de agosto de 2019. 

Los usuarios deben pagar el valor total del capital adeudado hasta el 27 de diciembre de este año. Si no pagaron hasta esta esa fecha pueden solicitar un plan pagos anuales, que empieza el 2020 y termina el 2022. Cada cuota tendrá un valor equivalente a un tercio del capital adeudado.

No podrá alegarse pago indebido o pago en exceso respecto de las obligaciones tributarias principales o accesorias pagas con anterioridad a la vigencia de la ley.

El reglamento establece 90 días como tiempo máximo de mora en el pago de las cuotas, si pasa de eso la remisión será cancelada por el SRI y el usuario deberá pagar de inmediato toda la deuda, incluyendo intereses, multas y recargos.

Aquellas personas que no pagaron el impuesto este año, o tenían que hacerlo en los siguientes meses, deben saldar esa cuenta, pero con una rebaja del 50%. Aplica para vehículos de transporte terrestre de motor mayor a 2 500 centímetros cúbicos y de una antigüedad de más de 5 años, contados desde el año de fabricación.

Esta disposición es independiente de si el contribuyente acceder a la remisión por valores no cancelados en años anteriores.

Las respectivas unidades administrativas del SRI dentro de un plazo de 30 días realizarán implementaciones tecnológicas necesarias para ajustar los sistemas.