El pasado 12 de marzo entró en vigencia el registro de importadores como requisito obligatorio para las personas naturales y jurídicas que deseen comprar en el exterior neumáticos, vehículos, celulares, CKD’, refrigeradores y otros elementos que se encuentran en una lista de 72 partidas.
Según Juan Francisco Ballén, subsecretario de Comercio e Inversiones, el proceso se debe realizar a través de la página web del Ministerio de Industrias (Mipro) y solo se deberá hacer una única vez. “Hasta el momento no contamos con registros pero ya es posible realizarlo. Los importadores deberán presentar algunos requisitos, dependiendo si son personas naturales o empresas”.
Entre los documentos que se solicitará al importador están el Registro Único del Contribuyente (RUC), el nombre o razón social y la subpartida arancelaria de importación. Solo si son personas naturales tendrán que presentar certificados del representantes de la marca en el país, comprobante de transferencia bancaria, etc.
El registro de importadores se creó en base a una resolución del Consejo de Comercio Exterior.