El Ministerio de Industrias y Productividad dispuso el registro de comercializadores de bienes de producción para devolver el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a turistas extranjeros.
Los visitantes foráneos pueden acceder a la devolución del IVA cuando contratan servicios de alojamiento o adquieren bienes y los lleven consigo en el momento de salir del Ecuador.
La normativa fue publicada en el Registro Oficial 610 del miércoles pasado y establece que las personas naturales o jurídicas dedicadas a la comercialización de bienes de producción deberán inscribirse en el Ministerio.
Asimismo, establece que el Registro de Comercializadores está clasificado en los siguientes ítems: café, chocolate y confites; textiles, prendas de vestir y sombreros; calzado y artículos de cuero; bisutería, joyas, artículos de madera, cerámica, mármol, yeso, tagua, paja, metal, corcho y vidrio; licores y bebidas no alcohólicas, instrumentos musicales, conservas de productos del mar, frutas y vegetales; perfumes, cosméticos y juguetes.
Estos productos se consideraron tomando en cuenta las preferencias de compra de los turistas.
El Acuerdo Ministerial establece que el comercializador de bienes de producción consignará sus datos de identificación y también la de sus proveedores utilizando el Código CPC (Clasificación Central de Productos).
El registro tendrá vigencia de un año, pero podrá renovarse a través de una actualización electrónica que se solicitará un mes antes del vencimiento, a través de un correo electrónico. Si esta actualización no es realizada se suspenderá el registro a través de un proceso electrónico automático.
La información y documentación remitida por el comercializador estará sujeta a comprobación por las autoridades del Ministerio de Industrias y en caso de comprobarse falsedad en la in-formación o se detecte alguna irregularidad, se suspenderá el registro, sin perjuicio de las demás acciones de control y sanción a que hubiere lugar.