Con la incorporación de las reformas a la Ley de Hidrocarburos, los actores del sector petrolero no conocen exactamente cuál será el tratamiento al pago de las utilidades a partir del próximo año.
Tras la publicación en el Registro Oficial, la normativa establece que los trabajadores de la industria hidrocarburífera recibirán ahora el 3% por su participación en las utilidades, en lugar del 15%. Eso ha provocado que varios sectores se pronuncien argumentando que se trata de una norma que afectará a cientos de personas que están vinculadas a esta industria.
El presidente de la Cámara de Empresas de Servicios Petroleros, Rodrigo Gómez de la Torre, está preocupado porque esta generalización en la reforma crea un escenario de incertidumbre entre estas compañías, debido a que las actividades relacionadas a la extracción de crudo son variadas y dispersas.
Estas pueden comprender desde la alimentación y el transporte para los trabajadores petroleros, hasta la perforación de un pozo, la remediación ambiental o la provisión de insumos químicos. Así, los principales afectados serían los trabajadores que reciben utilidades promedio de entre USD 500 y USD 3 000, dentro de un universo de 300 compañías nacionales. De este grupo se exceptúan dos compañías nacionales de servicios que el año pasado alcanzaron utilidades de USD 30 000 por trabajador.
Las empresas nacionales de servicios emplean a aproximadamente 10 000 trabajadores.
“Si un transportista relacionado a la actividad petrolera recibió USD 1 500 este año, el próximo recibirá máximo USD 300. Además, el tema de las cargas familiares no está normado”.
Jaime Jarrín, decano de la Facultad de Ingeniería en Geología, Minas, Petróleos y Ambiental, de la Universidad Central del Ecuador, coincide en que el problema es que la normativa es ambigua y muy amplia.
“Al hablar de industria estamos incluyendo a todos los actores que están inmersos, esto es trabajadores de gasolineras, de empresas que prestan servicios a las petroleras (catering, limpieza, guardianía…)”.
Sin embargo, para el abogado en temas de hidrocarburos Gustavo Romero, la reforma va en consecuencia con lo que está establecido en la Constitución.
“Claramente, el principio constitucional dice que la aplicación es sobre los recursos no renovables. Y ese principio, de hecho, se aplica ya en la industria minera. Entonces, esta normativa se sintoniza con la Constitución, por lo que la aplicación del nuevo pago de utilidades involucra a las empresas que realicen actividades exploratorias y extractoras, no de servicios”.
El presidente de la Asociación de Empresas Comercializadoras de Derivados, Carlos Idrovo, también cree que el recorte de utilidades se enfoca a las operadoras de los campos petroleros.
El titular de este gremio que agrupa a 1 200 gasolineras de capital nacional espera que el vacío sea corregido con la expedición del Reglamento.
Y eso fue confirmado por fuentes cercanas al Ministerio de Recursos No Renovables, quienes aseguraron que la reforma es para las empresas operadoras que hacen explotación y exploración. “En estos momentos ya se está reglamentando”.
Frente a frente
Irina Cabezas Asambleísta
‘El petróleo es de todo el pueblo ecuatoriano’
La lógica jurídica nos obliga a aplicar estrictamente la Constitución, la misma que instituye que: “…la ley fijará los límites de la participación de utilidades en las empresas de explotación de recursos no renovables…”. Como sabemos, el petróleo es de todo el pueblo, por lo que es considerado como patrimonio inalienable, irrenunciable e imprescriptible del Estado. Por lo tanto, se hace necesario que un porcentaje de las utilidades beneficie directamente a las comunidades en donde se extrae dicho combustible fósil, que coadyuve al desarrollo social y cultural de estos pueblos. Cabe señalar que en igual sentido se legisló en la Ley de Minería. Como lo dispone la Constitución en el artículo 328, la afectación en el reparto de las utilidades será exclusivamente en las empresas de explotación de recursos no renovables. Si hablamos de discriminación, debemos entender que esta sería positiva y beneficiaría directamente a los sectores pretéritos que han sido olvidados en la distribución de la riqueza nacional.
Miguel García Asoc. Serv. Public.
‘El recorte de utilidades es algo discriminatorio’
Las reformas a la Ley de Hidrocarburos atentan contra los derechos de los trabajadores sobre el reparto de las utilidades contemplados en el Código de Trabajo . En el artículo 16 se establece expresamente que la reducción de las utilidades rige para todos los trabajadores que laboran en la industria. Es decir que el efecto se asienta sobre los empleados de las gasolineras, de las prestadoras de servicios y, en general, en todos los involucrados del sector.
Esta discriminación está prohibida en la Constitución, donde se afirma que los derechos de todos los trabajadores son inalienables. Quienes laboran en los dispensadores de gasolinas o estaciones de servicio ahora, en el mejor de los casos, recibirán una centena de dólares, cuando antes recibían unos USD 3 000 al año, el que más. No se puede castigar así a los compañeros del sector, con el pretexto de que esos recursos se van a utilizar para fines sociales. Vemos con preocupación, por ejemplo, la inestabilidad en los trabajadores de la Dirección Nacional de Hidrocarburos.