Aunque se había hablado de eliminar algunos beneficios que hoy reciben los trabajadores como comedor, servicio médico y guardería, el Ejecutivo finalmente optó por suprimir solo este último en el proyecto de Código Laboral, oficializado el 1 de mayo pasado.
El servicio de guardería es un derecho establecido en el artículo 155 del actual Código del Trabajo, una norma vigente desde 1938 y que hoy el Ejecutivo busca reformar y actualizar.
Actualmente, las empresas que cuenten con 50 o más trabajadores deben ofrecer este beneficio para la atención de los hijos de sus trabajadores, sean en locales propios o contratado con terceros.
El mecanismo se había flexibilizado y muchas empresas optaron por entregar un bono a sus trabajadores que fluctúa entre USD 24 y 120 para sus trabajadores, según una encuesta de la firma Deloitte.
Hasta el 2012, un 55% de empresas en el país otorgaba este beneficio (a través de guarderías o pago de bono), de acuerdo al mismo estudio. El resto de firmas declaró que analizaba cómo aplicar el beneficio o que estaba a la espera de un reglamento que aclare cómo aplicar el tema (ver infografía).
La Universidad Politécnica Salesiana, sede Quito, con 952 empleados (entre docentes y empleados administrativos), contrató este servicio en tres guarderías. En ellas se atienden 26 niños, de entre 1 y 5 años.
En promedio, la entidad destina USD 200 mensuales por cada niño. “El valor incluye uniformes y útiles escolares”, explica Guillermo Pillajo, director de Talento Humano de este establecimiento.
Pillajo dice que la política es mantener este beneficio más allá de las reformas legales que puedan existir.
“Desde lo financiero es un gasto, pero desde lo humano es una responsabilidad con nuestros colaboradores. Entendería que nosotros vamos a continuar dándolo, pero aún no hemos hecho un análisis del tema”, dijo.
Xavier Sisa, director jurídico de la Cámara de Industrias y la Producción (CIP), ve con buenos ojos el cambio. “En el mercado no había la suficiente oferta de guarderías. Dependerá ahora cómo el Estado pueda generar servicios para cubrir este beneficio”.
Gino Descalzi, propietario de Florentina Flowers, comparte este criterio. “Nosotros no somos educadores. El Código debe dar la vía para que las empresas puedan ayudar y fomentar centros infantiles y comunitarios que existen (…) Estaríamos dispuestos a colaborar para su mejora”.
Descalzi contaba en su finca con su propio centro infantil para 82 niños (tiene 280 trabajadores) con el apoyo de fundaciones especializadas en el tema, pero cuando estas desaparecieron tuvo que cerrar el centro. Pidió el apoyo del Régimen, pero no se concretó.
Hoy, algunas compañías brindan el servicio de alimentación a sus trabajadores. Unas lo hacen por política empresarial, otras crean comedores para sus empleados para cumplir con la obligación que, con el proyecto de Código, se amplía para más empleados.
El actual Código señala, en el artículo 42, la obligatoriedad del empleador de “establecer comedores para los trabajadores cuando estos laboren en número de 50 o más en la fábrica o empresa, y los locales de trabajo estuvieren situados a más de dos kilómetros de la población más cercana”. En el proyecto indica que este beneficio se entregará en empresas que tengan de 25 trabajadores o más.
El abogado Carlos Carlosama explica que además las empresas deberán cumplir este beneficio sin importar dónde estén localizadas como ocurre hoy.
Pero cree que el nuevo código debería puntualizar si el tema de “comedor” está vinculado a la alimentación, que es algo que hoy no queda claro.
Ernesto Kruger, presidente de Kruger, ofrece comedor y alimentación a sus 170 empleados. “La empresa asume el 100% de este costo porque creemos que un empleado feliz y sano rinde más y es más productivo”.
Sisa dice que hoy casi todas las empresas otorgan este beneficio que, más bien, será nuevo para las más pequeñas.
Actualmente cuando una empresa tiene 100 empleados o más debe contar con servicio médico y trabajo social. Esto se mantiene en el proyecto de nuevo Código del Trabajo, presentado por el Régimen.
Carlos Rivadeneira, propietario de Textiservi, una empresa que produce y trata fibras textiles, dice que tiene servicio médico ocupacional para sus 70 trabajadores.
“Sin embargo, siendo aportantes al IESS este debería dar el servicio de salud, y debería ser eficiente. Esa es su obligación, no es gratis”.
Guardería. Art. 155. En firmas que cuenten con 50 o más trabajadores se establecerá un servicio de guardería infantil. Se puede brindarlo con terceros.
Servicio médico. Art. 430. El empleador con más de 100 trabajadores establecerá en el lugar de trabajo, en un local adecuado, servicio médico permanente.
Comedor. Art. 42. Comedores para los trabajadores en empresas de 50 o más trabajadores, situada a más de dos kilómetros de la población más cercana.
Este beneficio se elimina en el proyecto de Código Laboral presentado por el Ejecutivo el pasado 1 de mayo para su difusión. La norma aún no entra a debate.
Art. 30, numeral 23. Cuando la o el empleador tenga 100 o más trabajadoras o trabajadores, contarán con los servicios médicos y trabajo social.
Artículo 30, numeral 6. Mantener lugares apropiados para comedores para las o los trabajadores cuando estos laboren en un número de 25 o más en la empresa.
En contexto
El Gobierno presentó el 1 de mayo pasado el proyecto de Código Orgánico de Relaciones Laborales, que pretende actualizar y modernizar las normas vigentes desde 1938. La difusión de este proyecto tomará hasta septiembre y luego se enviará a la Asamblea.
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