Protocolo para importar material vegetal resistente al Fusarium Raza 4 incluye una cuarentena

Agrocalidad e Iniap despejaron dudas sobre el protocolo para la importación de material genético de musáceas. Foto: Archivo EL COMERCIO

Ecuador definió un protocolo para la importación de material genético de musáceas (banano, plátano, orito) resistente y/o tolerante al Fusarium Raza 4 o FOC R4t.

El objetivo de este documento, trabajado por el Ministerio de Agricultura y sus entidades adscritas, es brindar las garantías fitosanitarias del producto a importarse. El protocolo se elaboró en cumplimiento a la Ley Orgánica de Sanidad Agropecuaria (LOSA) y a la Ley Orgánica de Agrobiodiversidad, Semillas y Fomento de la Agricultura Sustentable (Loasfas). 

Mónica Gallo, coordinadora general de Sanidad Vegetal de la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario, explicó que el documento que establece parámetros para la importación de plantas in vitro se trabajó desde el 2019. 

 Gallo indicó que este protocolo se aplicará para nuevos materiales que se importarán desde países con presencia de fusarium, no para material que, actualmente, proviene de zonas sin la enfermedad.

Al momento, según indicó Agrocalidad, se ha recibido una solicitud que ya fue analizada y se pidió información complementaria para ajustar al protocolo establecido y de esta manera poder continuar con el procedimiento. 

Agrocalidad e Iniap despejaron dudas sobre el protocolo para la importación de material genético de musáceas:  

¿Cómo será el procedimiento que deben cumplir las empresas para la importación del material?

Entre los requisitos fitosanitarios y procedimientos que serán vigilados por las entidades adjuntas al MAG están:  

  1. Las plantas in vitro provendrán de un centro de propagación, aprobado por Agrocalidad, previa inspección y evaluación favorable. 
  2. Los envíos de material de propagación, previo a la importación, deben estar sujetos a análisis de laboratorio para las plagas establecidas.  
  3. El material de propagación ingresará a cuarentena durante todo el tiempo de la investigación, en un sitio aprobado por Iniap y Agrocalidad. 
  4. Los inspectores fitosanitarios, realizarán el seguimiento a la cuarentena durante toda la fase de investigación. 
  5. Iniap realizará la validación de cultivares correspondientes de acuerdo con la Loasfas (Protocolo para la evaluación de la adaptabilidad de genotipos de banano). 
  6. El material de propagación debe estar libre de suelo y cualquier otro material extraño. 
  7. Los embalajes deben ser nuevos y de primer uso. 

Cuándo el material arribe al país, ¿cuál será el proceso? 

Se realizará una inspección fitosanitaria en el punto de ingreso que pueden ser en los mismos aeropuertos. Luego se levantará la notificación a la dirección distrital de Agrocalidad para después enviar el producto a un laboratorio de Iniap por tres a cuatro semanas.  Después de ese tiempo entrarán a una cuarentena que se hará en la estación tropical Pichilingue del Iniap, ubicada en Los Ríos. Desde allí, los técnicos vigilarán el comportamiento de las plantas.  

¿Será un solo tipo de cuarentena?

Son tres fases. El laboratorio es la primera, luego es la cuarentena cerrada, es decir, en un invernadero con mallas que no permitan el flujo de otros patógenos externos que puedan afectar la investigación. Allí, las plantas, estarán un aproximado de seis meses. La tercera, es una cuarentena en campo abierto por unos tres a cuatro meses. 

¿Por qué se ha definido este tiempo?

Porque hay patógenos o enfermedades en banano que se desarrollan a medida que crece el cultivo. En este tiempo, se puede asegurar que el material que sale del Iniap está con una garantía de sanidad. 

Si se detecta presencia de alguna enfermedad durante la cuarentena, ¿qué se hará? 

En el protocolo para importación de material vegetal de propagación de musáceas con fines de investigación establece que el material deberá cumplir un seguimiento cuarentenario, por parte de la Agencia, en un sitio de cuarentena pos entrada, aprobado de acuerdo a la resolución 266 de Agrocalidad; en caso de que se presente algún problema fitosanitario con plagas reglamentadas y de acuerdo con los procedimientos establecidos, el material pasa a un proceso de destrucción.

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