Por vía terrestre los viajeros podrán ingresar un teléfono celular o satelital. Foto: archivo / EL COMERCIO
El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae) detalló hoy, 22 de noviembre del 2018, el listado de productos que se puede ingresar al país sin pagar tributos en esta temporada de compras con descuentos.
Las personas que arriben al país pueden ingresar sus efectos personales, que acompañan al viajero o al grupo familiar, siempre que, por su cantidad o valor, no tengan por objetivo ser comercializados.
Aquellos que arriban al Ecuador por vía aérea deben considerar que entre los efectos personales se encuentran, principalmente los siguientes productos con sus respectivas características:
· Un televisor de hasta 32”, nuevo o usado.
· Un dron de hasta USD 500, nuevo o usado.
· Hasta 3 litros de alcohol.
· Hasta 300 ml de perfume.
· Implementos para adultos mayores o personas con discapacidad, para pasajeros o sus familiares de cuarto grado de consanguinidad y segundo grado de afinidad, en cantidades exclusivas de uso personal.
· Dos accesorios de consolas para videojuegos.
· Una impresora de escritorio de hasta USD 300, nueva o usada.
Los viajeros que llegan por vía terrestre, pueden ingresar con:
· Máximo tres cajetillas de cigarrillos.
· Bienes de uso profesional, herramientas y equipos necesarios para el desempeño de funciones o actividades laborales propias del viajero (cumpliendo sus especificaciones).
· Equipo de acampar. Maletas, bolsos u otros que sirvan para transportar equipaje.
· Unidades de almacenamiento de video, música o datos.
· Utensilios de cocina, no eléctricos, que puedan ser transportados por una persona y tres aparatos de cocina que sean eléctricos y portátiles, e instrumentos portátiles utilizados para jardinería.
· Una unidad usada de cámara fotográfica y/o filmadora; Teléfono celular o satelital; Agenda electrónica u ordenador personal en tableta (tablet); Equipo de posicionamiento global portátil (GPS); Computador portátil y sus periféricos (mouse, audífonos, cámaras, teclado, y similares); calculadora electrónica.
Es necesario destacar, que efectos personales del viajero se considera a los bienes que acompañan al turista o al grupo familiar siempre que por su cantidad o valor no puedan ser considerados comerciales, es decir no son tributables.
Cuando los bienes no se encuentran en la lista de efectos personales, excedan la cantidad, valor, o el pasajero ingrese un monto desde USD 10 000 en efectivo, deberá llenar de forma obligatoria el Formulario de Registro Aduanero, FRA.
La lista completa de efectos personales puede revisarla ingresando al sitio web de la Senae o puede realizar la simulación del cálculo de tributos en la app móvil de la misma institución.