Conozca qué puede traer de Ipiales sin pagar impuestos

Quienes ingresaban con un televisor por la vía formal, por ejemplo, cancelaban los aranceles y las sobretasas en la Aduana del puente Rumichaca. Foto: José Mafla/ EL COMERCIO.

Quienes ingresaban con un televisor por la vía formal, por ejemplo, cancelaban los aranceles y las sobretasas en la Aduana del puente Rumichaca. Foto: José Mafla/ EL COMERCIO.

Quienes ingresaban con un televisor por la vía formal, por ejemplo, cancelaban los aranceles y las sobretasas en la Aduana del puente Rumichaca. Foto: José Mafla/ EL COMERCIO.

La decisión del Gobierno de cobrar salvaguardias a los productos que compran los ecuatorianos en Ipiales, en Colombia, generó una ola de comentarios en redes sociales.

Unos piden el mismo tratamiento a las compras que hacen los ministros en Miami y un mayor control al gasto público, mientras otros cuestionan el encarecimiento de los productos importados a raíz de la aplicación de las sobretasas arancelarias, las cuales están vigentes desde marzo del 2015. “El 45% de sobretasa arancelaria a instrumentos musicales , ¿que es esto?”, se preguntaba Alejandro N.

Este 10 de septiembre del 2015, en la ciudad fronteriza de Tulcán, el presidente de la República, Rafael Correa, junto a sus ministros de la Producción y Comercio, definieron una serie de medidas para reactivar la economía de Carchi y frenar las compras masivas en Ipiales, donde los ecuatorianos consiguen productos a la mitad de precio de lo que cuestan en el país.

Entre las medidas adoptadas está la aplicación de salvaguardias a una lista de 2 961 partidas arancelarias. Si bien estas sobretasas arancelarias se vienen aplicando desde marzo pasado a la importación de productos, no se aplicaba a los productos que traían los ecuatorianos desde Ipiales, al menos no a los productos pequeños o de bajo costo. Quienes ingresaban con un televisor por la vía formal, por ejemplo, cancelaban los aranceles y las sobretasas en la Aduana del puente Rumichaca. Sin embargo, si traían útiles escolares no se hacía ningún control.

Pero la próxima semana empezarán esos controles, lo cual supone un reto para los agentes de Aduana, que necesitan familiarizarse con los productos que pagan salvaguardias.

Ahora, los consumidores deben saber que no todos los productos que se adquiera en Ipiales deben pagar salvaguardias o impuestos. Según el Servicio Nacional de Aduana de Ecuador (Senae), existen 17 artículos que no pagan impuestos porque son catalogados como “efectos personales del viajero”. Esto aplica siempre y cuando esos artículos sean para uso personal, es decir, no deben tener un fin comercial.

Asimismo, la Senae hace una diferenciación entre los viajeros que ingresan al país por vía aérea y por vía terrestre.
Se considera efectos personales de un viajero que llega por vía terrestre a los siguientes productos, nuevos o usados, siempre que por su cantidad o valor no puedan ser considerados comerciales:

1. Prendas de vestir de uso del viajero.

2. Artículos de tocador; elementos de aseo personal.

3. Joyas, bisutería, adornos personales y adornos para el hogar, en cantidades no comerciales.

4. Libros, revistas, material fotográfico y documentos impresos o manuscritos.

5. Alimentos procesados, debidamente sellados o empacados al vacío en cantidades no comerciales.

6. Alimentos y artículos para niños que acompañen al viajero.

7. Bienes de uso profesional, herramientas y equipos necesarios para el desempeño de funciones o actividades laborales propias del viajero: únicamente los que sean portátiles, situación que deberá ser justificada mediante un carné laboral, contrato de trabajo u otro documento público o privado; Vestuario de artistas, compañías de teatro, circos o similares.

8. Medicamentos de uso personal. Para el caso de medicamentos que contengan sustancias psicotrópicas deberán estar acompañados con su respectiva prescripción médica; Ayudas técnicas para los viajeros discapacitados, tales como: sillas de ruedas, muletas, aparatos, ortopédicos y similares, equipos necesarios para control médico, movilización y desenvolvimiento independiente del viajero, siempre que todos estos implementos estén acordes a su discapacidad y en cantidades exclusivas para su uso personal; Un medidor de presión arterial, de temperatura y/o de glucosa.

9. Equipo de acampar; Maletas, bolsos u otros que sirvan para transportar equipaje.

10. Unidades de almacenamiento de video, música o datos.

11. 2 animales domésticos vivos como mascota, sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos sanitarios correspondientes; si son embarcados los animales en el mismo viaje incluso como carga, su proceso de despacho será por sala internacional fronteriza.

12. 2 instrumentos musicales y/o sus respectivos accesorios, que puedan ser transportados normalmente por una persona.

13. Artículos deportivos y sus accesorios que puedan ser transportados normalmente por una persona.

14. Juguetes y sus accesorios que puedan ser transportados normalmente por una persona.

15. Máximo 3 cajetillas de cigarrillos.

16. Utensilios de Cocina, no eléctricos que puedan ser transportados por una persona y 3 aparatos de cocina que sean eléctricos y portátiles; e Instrumentos portátiles utilizados para jardinería.

17. 1 unidad usada de los artículos portátiles que a continuación se enunciarán: Cámara fotográfica y/o filmadora; Teléfono celular o satelital; Agenda electrónica u ordenador personal en tableta (tablet); Equipo de posicionamiento global portátil (GPS); Computador portátil y sus periféricos (mouse, audífonos, cámaras, teclado, y similares); Calculadora electrónica.

Ingreso de Mercancías


Según la Senae, todo viajero que ingrese por las fronteras terrestres del país mercancías sujetas al pago de tributos, cuyo valor sea menor o igual a USD 2 000 (o su equivalente en otra moneda); deberá presentar la Declaración Aduanera Simplificada (DAS), y adjuntar los documentos solicitados por Aduana.

Si el valor de las mercancías sujetas al pago de tributos supera los USD 2 000 deberá registrarse como Importador, contratar los servicios de un Agente de Aduana autorizado por la Aduana del Ecuador, obtener los permisos y licencias de importación, según el producto y presentar la Declaración Aduanera de importación (DAI).

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