El Servicio de Rentas Internas (SRI) cobró anticipadamente el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD). Esta denuncia la hizo el asesor contable Carlos Calero la mañana de ayer.
El pasado 24 de noviembre se publicó en el Registro Oficial la reforma tributaria y al día siguiente entró en vigencia, de acuerdo con lo que establece el artículo 11 del Código Tributario.
Esto implicó que la nueva normativa, donde consta el incremento del ISD del 2% al 5% , debían aplicarse de forma inmediata. Sin embargo, Calero explicó que en el caso de periodos tributarios menores, como en el relativo al ISD, el cobro debió realizarse a partir del primer día del mes siguiente (1 de diciembre).
“Pero desde el 25 de noviembre, Carlos Marx Carrasco, director del SRI, instruyó al sistema financiero para que proceda a descontar el 5% y no el 2%”.
Precisamente, Carrasco reconoce que el cobro se inició ese día, pero que todo es legal. Indicó que el día anterior de que entre en vigencia la norma mantuvo una reunión con el presidente de la Asociación Ecuatoriana de Bancos Privados (AEBE), César Robalino, para analizar el tema del cobro del ISD.
“Con él conversamos y quedamos claramente en que desde el día siguiente (de su publicación en el Registro Oficial) se debía cobrar. El contador Calero está confundido con el Impuesto a los Consumos Especiales (ICE), que es de aplicación mensual”.
La página web del SRI advierte que desde el 25 se cobra la tarifa del 5% del ISD, así como la exoneración de dividendos y la presunción de pagos en el exterior.
En la misma sección se determina que a partir del 1 de enero del 2012 se aplicará la presunción por exportaciones y el crédito fiscal por cinco años.
“Hay confusión porque se establecen diferentes fechas para distintos procesos. Este no es un impuesto a la salida de divisas en sí, sino que conlleva el cobro de gravámenes a otras actividades, como los dineros que dejan de ingresar los exportadores”, explicó el abogado tributario Carlos Licto.
El jurista señaló que no puede haber periodicidad distinta para aplicar un mismo impuesto. Pero reconoce que en el pasado hubo casos de confusión sobre las fechas para aplicar o derogar impuestos.
“Eso pasó con el Impuesto a la Circulación de Capitales. La ley que lo derogó se publicó a mediados del 2001 y el SRI siguió cobrando el gravamen hasta diciembre aduciendo que estaba atado al Impuesto a la Renta”.