Enrique Echeverría

Pérdida de la confianza

La falta de seriedad en los negocios y la ya famosa “viveza criolla”, originan millonarios perjuicios económicos inmediatos; y, más perjuicios posteriores, lesionando la confianza internacional.

He aquí el caso más reciente: “El Tratado Bilateral de Inversión frena el acuerdo con México” (EL COMERCIO, 7 de junio de 2021). De lo que se trata es, pues, del caso en que surjan diferencias sobre cualquier asunto que aparezca en el desarrollo del Tratado o del Convenio. ¿Quién sería el Juez que resuelva la disputa y atribuya la razón a uno de los contendientes?

México ha invertido una parte de los 6 000 millones de dólares que suma la inversión extranjera en negocios en el Ecuador. Ahora mismo, empresarios mexicanos desean invertir en áreas como alimentos, telecomunicaciones, almacenamiento, manufactura y transporte. Surge la duda: si aparecen controversias en cuanto a la aplicación del Tratado o del Convenio, el extranjero no confía en la Justicia ecuatoriana. ¿Quién sería, pues, el tercero en la discordia?

Ya tuvimos experiencias en contratos bilaterales con inversionistas extranjeros que ingresaron al sector del petróleo.

Apareció la mano de los políticos que aprobaron una ley, en la época del Presidente Alfredo Palacio. Por esa Ley, con número 42, se decidió unilateralmente que la Compañía petrolera, que estaba recibiendo un precio cada vez más alto por el crudo que obtenía, ceda el 50% para nuestro país. Un poco más tarde, apareció la “mano dura” del Presidente Rafael Correa quien, por Decreto, ordenó que la petrolera entregue al Estado una contribución “mínima” del 99%; en otras palabras, la totalidad. Con la contribución de la mitad y la comprensión de la Compañía el 50% a lo mejor se podría negociar, pero si le privan ya del 99%, no hay horizonte.

Así es como se fueron del país algunas empresas que ya habían hecho inversiones, pero acudieron a la justicia extranjera para presentar reclamos al Ecuador. Tal es el caso de la Burlington que, mediante juicio, obtuvo indemnización de 337 millones. La Compañía Murphy, también demandó y obtuvo 26,7 millones; y la Compañía francesa Perenco obtuvo indemnización de 374,3 millones de dólares, cantidad esta última que todavía no hemos pagado.

Sucesos como éstos llegan a conocimiento de inversionistas extranjeros y, por ello, en este momento estamos con la dificultad de no celebrar el Tratado Bilateral con México.

Estos pocos ejemplos deberán iluminar la mente de nuestros políticos para que, desatendiendo los términos de un contrato de inversión, usen un fácil Decreto para aprovecharse de la parte que le corresponde al inversionista. La Compañía Occidental se ausentó del país porque decidieron que había cedido un grupo de sus acciones a otra compañía. Demandó y obtuvo también altas cantidades de dinero por indemnización.

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