Entrevista a Paulina Guerrero, representante de los afiliados ante el IESS
La semana pasada, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) volvió a ser noticia luego de derogar la polémica resolución 464 y aprobar una nueva que elimina la “obligatoriedad” de la afiliación de trabajadores independientes.
Así, se flexibiliza el ingreso de este grupo al IESS al eliminar los controles al salario sobre el cual se aportará. Paulina Guerrero, representante de los asegurados ante la entidad, defiende esta medida.
¿Qué cambios introduce la nueva norma?
Aun cuando la Constitución denomina “seguro general obligatorio” era necesario que se mantenga el principio de voluntariedad. Creo que ha existido una tergiversación, era necesario aclarar. El IESS no es un ente de control o persecución.
De hecho, elimina las multas para quienes no aporten sobre su salario real.
Lo que se buscaba era que se aportara en función de lo que el afiliado percibe. Ahora se ha decidido que aporte sobre lo que él quiera, siempre que no sea menos del salario básico.
La idea inicial tenía una lógica importante: equilibrar el problema de salud porque al tener un mayor número de personas que aporte sobre el básico los ingresos no son muy altos. Por eso, habíamos establecido una conexión con el SRI, que ahora se la ha anulado.
Si era importante, ¿por qué se eliminó el control?
Porque nos hubieran seguido cayendo. Yo creo que hemos decidido respetar la voz del pueblo que es la voluntariedad. Podemos conseguir un aporte mayor con difusión.
Pero entrará gente a la seguridad aportando sobre el salario básico y no el real…
No quiero generar más controversia. Creo que tenemos una tarea mejor, empezar con los análisis de las tablas de segmentación económica de los sectores productivos, para definir cuánto tiene que aportar cada sector.
¿Esta resolución es temporal hasta tener esas tablas?
No hablaría de una temporalidad. Creo que es importante que se inicie la universalización definida en la ley y empezar a trabajar en estos análisis.
¿Cuándo se conocerán los detalles de esas tablas?
Asumo que por un estudio de este tipo, el período no será mayor a seis meses.
¿Por qué se cobrará el 3% de cesantía al trabajador independiente, pese a que la ley los excluye?
Hay una excepción, pero en la misma ley, en el artículo 17, se especifica que hay que dar la cesantía. Parecería una contradicción. Aún así, el artículo 369 de la Constitución establece que el IESS tiene que dar la cesantía para todos los afiliados. Ahí no hace excepción.
Se eliminó los controles de entrada y salida del afiliado, ¿cómo evitar que alguien se afilie para una cirugía y luego se desafilie, perjudicando así al sistema del IESS?
Hay un tema administrativo que se está arreglando para controlar eso. Pero la gente debe saber que perder continuidad no es favorable.
Podría convertirse en un galimatías difícil de aplicar administrativamente.
El IESS está preparado para eso. Estamos mejorando algunos sistemas.
¿Qué validez tiene esta decisión cuando hay gremios que piden su salida?
Solo lo han hecho dos gremios. El resto me apoya. No hemos violado ninguna norma.
La misma Superintendencia de Bancos se quejó porque no se informó acerca de estas decisiones.
Es un error administrativo.
El presidente del Consejo Administrativo, Fernando Cordero, no era partícipe de derogar la norma 464. Finalmente la derogó…
Considero que él estaba convencido del análisis bien hecho que se hizo. El espíritu se mantiene. Oír a la comunidad es importante.
Perfil
- Formación.
Realizó estudios de Ingeniería en Geografía y Medioambiente en la Universidad Católica. Tiene una mención en Ordenamiento Territorial y una maestría en Desarrollo Local en la Flacso. - Experiencia.
Ecologista y geógrafa. Fue Jefa de Medioambiente en el Municipio de Quito. Conforma la Confederación de Trabajadores.
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