Un nuevo ‘round’ ganó el Servicio de Rentas Internas (SRI) a la operadora celular Conecel (Claro), dentro del juicio por la supuesta falta de declaración y pagos del Impuesto a la Renta (IR) y retenciones entre el 2003 y el 2006.
Este proceso judicial se ha ventilado en las cortes durante varios años por lo que el dictamen de la Primera Sala del Tribunal Distrital de lo Fiscal No. 2 del Guayas constituye una etapa más.
El fallo firmado por la secretaria de la Sala, Geoconda Matute, “ratifica la validez de la totalidad de las actas de determinación efectuadas por la Administración Tributaria y deja sin efecto el recargo del 20% sobre el valor a pagar”.
Según ello, el consorcio Ecuatoriano de Telecomunicaciones (Conecel) deberá cancelar USD 192,8 millones, incluidos intereses a la fecha con respecto al valor inicial.
La operadora había sido notificada con Actas de Determinación por el IR del 2003 y 2004, las retenciones del IR de febrero a diciembre del 2004, las percepciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) entre junio y diciembre del 2004, 2005 y 2006 y las retenciones del IVA entre febrero y diciembre del 2004, 2005 y 2006.
Este es otro de los grandes juicios que lleva a cabo la Autoridad Tributaria en los tribunales de Justicia. El otro caso sonado es el que mantiene con la Exportadora Bananera Noboa, por USD 90 millones, y cuyo proceso se encuentra también en las últimas instancias judiciales.
El SRI, en un comunicado, señaló que “con estricto apego a la Ley y con un total respeto a los derechos ciudadanos seguirá haciendo los esfuerzos necesarios en el campo judicial en defensa de los intereses de la sociedad. Recordemos que los ingresos tributarios sustentan el desarrollo y permiten avanzar a la construcción colectiva del buen vivir”.
Por su lado, la operadora celular explicó, igualmente en un comunicado, que se encuentra al día con todas las obligaciones tributarias a su cargo y que es una empresa fiel cumplidora de sus responsabilidades con el Fisco.
“Conecel mantiene diferencias con el criterio aplicado por el SRI por glosas tributarias del 2003 al 2006. Dichas glosas fueron impugnadas, en su momento, ante el Tribunal Distrital de lo Fiscal. Se expidió la sentencia por parte de dicho Tribunal, el 15 de marzo del 2012, y no se encuentra ejecutoriada. Conecel está en su derecho de presentar los recursos que crea pertinentes, ya que considera que las glosas no tienen sustento jurídico. Las operaciones de Conecel se efectuaron con estricto apego a las leyes vigentes al momento de su ejecución. Si bien estamos en un proceso de impugnación judicial, al igual que otros contribuyentes, esto no significa que se haya cometido contravención alguna”.
El SRI mantiene en carpeta otros tantos juicios que paulatinamente ha estado haciendo públicos. Y la próxima semana, tiene previsto dar a conocer, en Guayaquil, nuevas novedades.
Más sobre el control
Desde el 12 de octubre del año pasado, el SRI reforzó los controles a todos los contribuyentes en el plano de las infracciones tributarias.
A partir del 10 de abril de este año empezarán a vencerse los plazos habituales para declarar y pagar el Impuesto a la Renta (IR) para las sociedades.
El monitoreo e inspección de las personas naturales continuarán durante estos días.