El Servicio de Rentas Internas (SRI) delimitó una serie de parámetros para el no pago del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) dentro del sector importador en el país.
Según la normativa, la suspensión del pago de este impuesto aplicará para las importaciones realizadas bajo seis regímenes especiales: admisión temporal para reexportación en el mismo estado, admisión temporal para perfeccionamiento activo, almacenes libres, ferias internacionales, almacenes especiales y trasformación bajo control aduanero.
Estas exenciones están ya en vigencia, luego de su publicación en el Registro Oficial No. 781, del pasado martes.
El Gobierno ha venido otorgando exenciones a ciertos sectores. En un inicio dejó sin efecto de cobro a las importaciones de materias primas e insumos que sirvan para la exportación.
En diciembre del año pasado, el SRI logró la aprobación de un “paquete tributario” que incluía el incremento del ISD del 2 al 5%. Con esta acción, las recaudaciones brutas del impuesto se han multiplicado en 2,5 veces.
Al primer semestre, este tributo ha generado USD 657 millones, superior a los 222 millones del año pasado, convirtiéndose, en términos brutos, en el tercer impuesto que más ingresos reporta al Fisco.
El director del SRI, Carlos Marx Carrasco, explicó que pese a ello, la base imponible ha disminuido, lo que refleja que están saliendo menos divisas.