Esperanza León vende plantillas para zapatos en un almacén del Centro Histórico de Quito. Ella desconoce que está protegida por la nueva ley aprobada hace un mes por la Asamblea Nacional, denominada Ley de Defensa del Comerciante Minorista y Trabajador Autónomo.
“Lo único que sé es que tengo que seguir trabajando para ganarme USD 5 diarios que me permite sostenerme a mí y a mi esposo enfermo. No me he enterado que exista esa ley”, manifestó la mujer de la tercera edad.
La ley fue aprobada por la Asamblea Nacional en segundo debate el pasado 14 de febrero y remitida al Ejecutivo para que en un plazo máximo de 30 días, que vence a fines de este mes, realice observaciones o la promulgue.
Según Nívea Vélez, presidenta de la Comisión de los Derechos de los Trabajadores, el texto beneficiará a 2,6 millones de personas. “Es para los comerciantes cuyo capital de operación no supere los 36 salarios básicos unificados”.
Entre los elementos que plantea la norma está la afiliación de los minoristas e informales al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) mediante un régimen especial, que implica porcentajes de pago menores a los que cancelan otros trabajadores.
“Planteamos que sea el 3,41% del salario básico. Deberá ser aprobado en la Ley Reformatoria de Seguridad Social”, dijo Carlos Castellanos, presidente de Confederación Unitaria de Comerciantes Minoristas del Ecuador.
Cuatro puntos polémicos
Municipios, trabajadores, entre otros, opinan de la ley
Organismo seccionales
El artículo 8 de la ley determina que los gobiernos autónomos seccionales deberán crear y administras centros especiales para que los comerciantes ejerzan su actividad. Esto es apoyado por municipios como el de Quito, el cual previo a la aprobación del texto organizó un censo para determinar el número de personas que realizan actividades de comercio minorista, los lugares donde realizan su labor, etc. “El objetivo es regularizar a los comerciantes. Les daremos centros de capacitación, sitios adecuados para la venta de bienes y servicios, financiamiento, etc.”, explicó Eduardo Dousdebés, secretario de productividad del Cabildo. En el 2003 ya se hizo un proceso similar, con la creación de los centros comerciales del ahorro, aunque el descontento de los trabajadores primó, pues dicen que bajaron sus ventas.
Impuestos
La meta del Gobierno es que mejore la cultura tributaria en el país; sin embargo, dentro de la ley no se incluyó ningún articulado sobre el pago de impuestos por parte de estos comerciantes. Según el asambleísta Línder Altafuya, miembro de la Comisión de los Derechos de los Trabajadores, ente a cargo del análisis del proyecto de ley, esto fue en consideración de que ellos trabajan con porcentajes de operación mínimos. Pese a ello, los comerciantes minoristas y autónomos no le rehúyen a la tributación. Según Carlos Castellanos, presidente del gremio, se podría establecer formas especiales de tributación que no sean necesariamente el Régimen Impositivo Simplificado (Rise), que da facilidades tributarias a contribuyentes menores. Hasta enero del 2011 el SRI registró a 331 053 personas en el Rise.
IESS
Vendedores ambulantes como María N., quien ofrece escapularios en el Centro de Quito desde hace más de 15 años, nunca se afilió al IESS. Le preocupa el no tener una pensión cuando sea hora de jubilarse. “Las personas que nos dedicamos a las ventas ambulantes debemos estar protegidas”. Con la nueva ley esto será posible ya que el artículo 11 establece que los comerciantes minoristas y trabajadores autónomos podrán afiliarse al IESS mediante un régimen especial. Esto implica que se deberá definirse un porcentaje para el pago de los aportes, pero que sea menor al del resto de trabajadores (9,35% paga el empleado y el 11,15% el patrono). Esto se deberá establecer en la Reforma a la Ley de Seguridad Social, en la cual también deberá constar los beneficios que tendrán las personas bajo este régimen especial.
Créditos
El artículo 9 de la ley establece que las entidades financieras del sector público deberán extender líneas de créditos especiales hasta por un monto de 25 salarios básicos unificado. Pero la norma aclara que estos recursos se entregarán solo a las personas que de forma individual o colectiva se registren en el Sistema Nacional de Información y Registro de los Trabajadores Autónomos. Este organismo deberá ser creado por la entidad que determine el reglamento de la ley. Según Carlos Castellanos, este debiera ser el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES). “Al momento ya podemos acceder a financiamiento del Banco Nacional de Fomento”. La economía informal genera en el país, según el Centro de Estudios y Análisis de la Cámara de Comercio de Quito, aproximadamente USD 3 379 millones al año.