Navidades para el inversionista
El Código Orgánico de la Producción acaba de cumplir cuatro años (fue aprobado el 16 de diciembre del 2010) y en lugar de suscitar felicitaciones por un aniversario más, recibió, por el contrario, críticas del propio Gobierno y mucho más de los empresarios. Para enmendar esa situación, el Ejecutivo remitió al Legislativo un proyecto de ley urgente de Incentivos a la Producción y Prevención del Fraude Fiscal, una iniciativa que tampoco cubre las expectativas del sector productivo, pero sí cumple propósitos recaudatorios del Régimen.
Uno de los objetivos detrás del espíritu de este Código es atraer inversiones. En el capítulo III, relacionado con los derechos de los inversionistas, constan, en el art. 19, una serie de enunciados que, entre otras cosas, reconocen lo siguiente: libertad de producción y comercialización de bienes y servicios lícitos (…), la libertad de importar y exportar bienes, con ciertas excepciones (…), libre transferencia al exterior en divisas de las ganancias (…), libertad para adquirir, transferir o enajenar acciones (…), libre acceso al sistema financiero o al mercado de valores (…), libertad de fijar precios, etc. Si existen tantos derechos a favor de los inversionistas en este Código, ¿por qué estos no han llegado?
La opinión de los empresarios se refleja en los estudios o rankings que disgustan al Ejecutivo, y las respuestas son recurrentes: se aplican permanentes reformas tributarias, se denuncian tratados de inversión con socios importantes, se propone recortar las utilidades de los trabajadores, se fijan gravámenes especiales según la participación de las empresas, se decide en qué se debe invertir y en qué no, etc.
Para el 2015, con los incentivos que acaban de aprobarse en la Asamblea, el Ejecutivo espera que la percepción empresarial cambie sobre este Código y que las últimas decisiones adoptadas ahora sí se constituyan en verdaderas navidades para el inversionista. ¿Será posible eso? Habrá que revisarlo, cuando el Código cumpla cinco años.