Según datos del Banco Central, la construcción decrecerá un 10% en el 2017. Foto: Archivo / EL COMERCIO
La Ley para Evitar la Especulación de la Tierra, conocida como Ley de plusvalía, que llegó con carácter de económico urgente, se aprobó en la Asamblea Nacional, el martes 27 de diciembre del 2016.
El proyecto generó fuertes críticas del sector de la construcción, que argumentó que la iniciativa frenara a una actividad ya afectada por la recesión.
Según datos del Banco Central, la construcción decrecerá un 10% en el 2017.
El Gobierno y el bloque oficialista han defendido el proyecto al señalar que busca evitar ganancias ilegítimas.
El proyecto de Ley debe aún ser sancionado por Ejecutivo, que tiene 30 días para pronunciarse.
A continuación se presenta los seis puntos claves de la Ley:
1. Impuesto a la ganancia extraordinaria
La ley crea un impuesto del valor especulativo del suelo, que es del 75%. Este tributo se aplica a la ganancia extra que genere la segunda venta de inmuebles y terrenos. El impuesto se cobrará luego de reconocer al propietario una ganancia ordinaria que incluye el valor del inmueble en escrituras, tasas y gastos por mejoras, y una tasa de interés equivalente a tener el dinero en el banco.
También se deduce un equivalente a 24 salarios básicos, que suman USD 8 784.
La Asamblea incluyó a los fideicomisos en el pago del impuesto al valor especulativo del suelo. Un fideicomiso es un contrato por medio del cual una o más personas transfieren la propiedad de bienes muebles o inmuebles a un patrimonio autónomo e independiente dotado de personería jurídica.
Aunque en el proyecto original se proponía que se exceptúe a los promotores inmobiliarios del pago del tributo para evitar un impacto al sector, finalmente la Asamblea solo excluyó a los constructores que realicen proyectos de vivienda social y prioritaria; es decir de menos de USD 70 000.
2. Terrenos
Los terrenos también deberán pagar el impuesto del 75%. La Ley, aprobada por la Asamblea, estableció un régimen de transición para empezar a cobrar el tributo para los terrenos urbanos baldíos. De acuerdo con el articulado, los propietarios de estos inmuebles comenzarán a pagar el tributo a partir del 2021.
3. Actualización de catastros
En la normativa se establece la obligación de los gobiernos autónomos descentralizados de actualizar el catastro. Si no cumplen con esta normativa pueden ser destituidos.
Los registradores de la propiedad deberán notificar a la Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo y a la Contraloría General del Estado para que tomen las acciones necesarias para sancionar a quien incumpla con este artículo.
4. Incentivo a las mineras
La iniciativa legal, que busca combatir la especulación de la tierra, incluyó un beneficio para las compañías del sector minero a fin de darles más plazo para pagar el impuesto a las ganancias extraordinarias establecido para esta actividad. Este tributo consiste en el pago del 70% de la diferencia entre el precio base de los metales (oro, plata o cobre) y el precio de mercado.
Con la anterior normativa, las empresas mineras debían cancelar este impuesto un mes después de recuperada su inversión. Con la Ley aprobada el pago debe hacerse 48 meses después de recuperar su inversión.
5. Beneficio por pérdida de valor de un bien
La Asamblea introdujo el tema de la minusvalía de los bienes por obras públicas. En el cuerpo legal se reconoce la afectación que puede sufrir el valor de un bien por efecto de una obra pública; por ejemplo, un paso elevado.
6. Destino de los recursos
Los dineros que se recauden por el tributo del 75% irán a los gobiernos autónomos descentralizados; es decir, prefecturas y municipios para obras de saneamiento, financiamiento de obras relacionadas con servicios básicos, etc.