El Estado, a través del Ministerio de Relaciones Laborales, quiere pagar las indemnizaciones de los ex trabajadores de casinos y salas de juego, según reza la única disposición transitoria del proyecto de Ley para la Defensa de los Derechos Laborales.
El texto fue remitido ayer a la Asamblea Nacional por el Ejecutivo, con el carácter económico urgente. La norma, de seis artículos, determina que el Ministerio de Relaciones Laborales será el encargado del pago, previo a un informe sumario y liquidación.
“Es absurdo que el Estado tenga que asumir la irresponsabilidad de algunas empresas con el dinero de todos. Lo que el Gobierno debería hacer es conseguir un empleo a los ex trabajadores, porque al fin y al cabo fue el Régimen el que generó esta situación”, señaló el asambleísta Ramiro Terán, miembro de la Comisión de lo Económico del Legislativo, mesa a la que fue remitido el texto.
Entre octubre del 2011 y marzo de este año cerraron casinos y salas de juego, aplicando la decisión tomada en la urnas el 7 de mayo del 2011 de prohibir en el país los negocios de juegos de azar.
A inicios del mes pasado el presidente Rafael Correa señaló que remitiría la Ley para pagar los haberes de los ex trabajadores de Invermun (Viña Carolina y Profeseries), que sumarían 1 200.
Quince días antes, el ministro de Relaciones Laborales, Francisco Vacas, señaló: “Imagínese lo que sería que el Gobierno salga por quedar bien -diciendo- vamos a pagar a todos los trabajadores de los casinos ilegales… Mañana cualquier persona quiebra una empresa y le dice vaya cobre al Gobierno. Y, ¿de dónde sale la plata del Gobierno?, de todos”.
La norma incluye reformas laborales
Las deudas a trabajadores serán cobradas, incluso, a herederos
Art. 2
Las instituciones del Estado que tienen acción coactiva podrán ejercer su acción no solamente contra el obligado principal, sino en contra todos, incluyendo sus herederos.
Art. 3
En el caso de embargo de bienes, la tercería excluyente no suspenderá la ejecución, sino a partir de que el Tribunal Distrital de lo Fiscal así lo ordene, de haber indicios de ilegitimidad del embargo.
Art. 4
En todos los procesos que siga el Servicio de Rentas Internas para la recaudación de tributos, se deberá notificar a las respectivas autoridades de trabajo, con la determinación de las utilidades.
Transitoria, inciso 2
El Ministerio de Relaciones Laborales iniciará los juicios coactivos contra los ex empleadores para recaudar el dinero pagado a los trabajadores de casinos y salas de juego.