IESS aprueba facilidades para pago de aportes atrasados por la pandemia

Edificio de la Caja del Seguro, IESS, en Quito. Foto: Julio Estrella  / El Comercio

Edificio de la Caja del Seguro, IESS, en Quito. Foto: Julio Estrella / El Comercio

Los empleadores que necesiten acceder al beneficio descrito en el reglamento aprobado por el IESS, para pagar los aportes atrasados, deberán presentar las justificaciones que reflejen que sus negocios se mantuvieron cerrados o inactivos. Foto: Julio Estrella / El Comercio

El Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) aprobó la tarde de hoy, 5 de agosto del 2020, el reglamento para aplicar los beneficios de la Ley de Apoyo Humanitario.

El presidente del organismo, Jorge Wated, anticipó que el reglamento permitirá atender las necesidades del ciudadano, pero, también, “se buscó opciones que no afecten los ingreso a los diferentes fondos”.

Uno de los beneficios apunta a dar facilidades de pago a quienes tuvieron dificultades durante la pandemia para cumplir a tiempo con los aportes a la seguridad social. Específicamente, la norma establece que la medida va dirigida a los afiliados que tengan una actividad económica, las micro y pequeñas empresas y otras compañías que mantuvieron cerradas sus operaciones durante el estado de excepción.

Según la norma aprobada, este tipo de personas y empresas podrán realizar sus pagos correspondientes a marzo, abril, mayo y junio de este 2020, sin generación de intereses por mora o cualquier otro tipo de recargo.

Para ello, el Seguro Social otorgará desde septiembre próximo 12 meses de plazo a estos beneficiarios. El pago concluirá en agosto del 2021.

El incentivo aplica para una cuota mensual impaga o todo el valor de los meses antes mencionados.

Además, estos beneficios aplican para los afiliados voluntarios, que no han podido pagar sus aportes al IESS.

Sin embargo, los empleadores deberán presentar documentadamente las justificaciones que reflejen que sus negocios se mantuvieron cerrados o inactivos. Podrán presentar una declaración juramentada.

El beneficio para estos afiliados o empleadores está contenido en la Ley de Apoyo Humanitario, que está en vigencia desde el pasado 22 de junio.

Esa norma, además, establece un ajuste a los requisitos para acceder al seguro de desempleo de la entidad, que beneficia a los afiliados que han perdido su empleo.

La pandemia ha provocado que entre marzo y mayo de este año el Producto Interno Bruto (PIB) cayera el 3,8%, frente a igual período del 2019. Como consecuencia del deterioro de la economía, durante este tiempo se perdieron 335 413 plazas de empleo, según un balance del Banco Central.

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