Imagen referencial. Las personas en relación de dependencia, que trabajen durante los feriados del 25 de diciembre del 2020 y 1 de enero del 2021 tienen derecho al pago de horas extras con el 100% de recargo. Foto: Pixabay
Las personas en relación de dependencia, que trabajen durante los feriados del 25 de diciembre del 2020 y 1 de enero del 2021 tienen derecho al pago de horas extras con el 100% de recargo. Lo propio se aplica para los que laboren los fines de semana del 26 y 27 de diciembre del 2020 y del 2 y 3 de enero del 2021.
Así lo explicaron diferentes juristas en materia laboral, este 20 de diciembre del 2020.
“Esto se ajusta al artículo 55 del Código de Trabajo. La única razón por la que podría no pagarse se da en el caso de los trabajadores que, en la pandemia, tuvieron suspensión de la jornada laboral y recuperan hasta los sábados”, explicó la abogada Vanesa Velásquez.
Quienes sí cobran horas extraordinarias en esos días lo hacen por el tiempo efectivamente trabajado. El mecanismo se aplica en los empleados a escala nacional.
A propósito de eso último, la jurista Alba Guevara agregó que tienen también derecho a este cobro las personas que se encuentran en el teletrabajo.
“La única distinción con lo presencial es que no están en una oficina de la empresa. Las responsabilidades siguen siendo las mismas. Es tiempo que hace uso el empleador”, dijo
Mientras que la abogada Andrea Muñoz explicó sobre el beneficio para las personas que laboran bajo jornada parcial. En este caso, si solo se trabaja cuatro horas, se cancelará cada una con el 100% de recargo.