El Servicio de Rentas Internas (SRI) ratificó este viernes 13 de enero del 2015 que la factura mínima con datos personales es de USD 200. A partir de este monto los contribuyentes están obligados a emitir y entregar facturas a sus clientes.
La nueva disposición es una reforma al Reglamento de Comprobantes de Venta, Retenciones y Documentos Complementarios realizada el pasado 28 de febrero. El monto anterior de USD 20, que consta en el Decreto Ejecutivo 539 y fue publicado en el Registro Oficial 407 del 31 de diciembre del 2014, ha sido reformado por la emisión mínima de factura de USD 200.
Los ciudadanos pueden solicitar facturas con datos personal aunque el monto sea menor.
Las facturas que superen los USD 200 deben ir con los nombres, apellidos o razón social y número de cédula o Registro Único de Contribuyentes (RUC).