El Consejo directivo del IESS aprobó reforma para que clientes con créditos hipotecarios en el Biess pueden diferir sus cuotas. Foto: Archivo / EL COMERCIO
Los clientes con créditos hipotecarios en el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess), que no pudieron pagar sus cuotas de marzo, abril, mayo y junio de este 2020, podrán diferir esos pagos.
La medida fue dispuesta por el Consejo Directivo el IESS, mediante la resolución 603, la cual fue expedida el 6 de julio del 2020. Al día siguiente, 7 de julio, el director general del IESS, Carlos Luis Tamayo, comunicó la decisión al gerente general del BIESS, Diego Burneo, a través de un menorando oficial.
Según la resolución, las cuotas que no se pagaron entre marzo y junio “se trasladarán al final de la tabla de pagos del crédito, en el mismo número de meses solicitado, lo que permitirá apoyar a los afiliados, jubilados o beneficiarios de montepío”, detalla el documento.
De esta manera se da cumplimiento a una disposición transitoria de la Ley de Apoyo Humanitario. De acuerdo con eso, en un plazo de 10 días, desde la vigencia de la ley, el Biess debe emitir políticas y ejecutar acciones que permitan garantizar la suspensión y refinanciamiento de las cuotas mensuales de los créditos hipotecarios, basado en informes técnicos.
La Ley Humanitaria también establece que el beneficio se realizará a solicitud del afiliado, jubilado o beneficiario de montepío, que por motivos de la crisis sanitaria del covid-19 hubiere perdido su empleo o tenga una reducción en su capacidad de pago.
De esa manera se procederá con la suspensión del cobro del préstamo y se fijarán los mecanismos de refinanciamiento. La suspensión de pago de cuotas no generará intereses o multas, expone la ley.
El Biess aún debe informar desde cuándo estará activo el servicio y los requisitos y procedimientos que conllevará el trámite.
Adicionalmente, la resolución del Consejo Directivo dispone al Banco monitorear los flujos de caja, para ajustarlos de acuerdo a la recaudación y según su liquidez se reprogramen las metas de colocación y de recaudación de las inversiones.
Todo aquello debe “garantizar la liquidez necesaria para atender las necesidades del IESS, principalmente, para el pago puntual a los pensionistas”.
Así mismo, el Banco del IESS deberá mejorar las acciones de cobranza de los préstamos hipotecarios, quirografarios y prendarios, a fin de controlar la tasa de mora, en especial de los hipotecarios.