En la demanda interpuesta por Cofiec contra el argentino Gastón Duzac no se menciona ninguna garantía hipotecaria que respalde el crédito de USD 800 000 que recibió del banco estatal.
En el juicio ejecutivo presentado el 6 de agosto pasado en el Juzgado 24 de lo Civil de Pichincha, la ex presidenta ejecutiva de Cofiec, María Fernanda Luzuriaga, solo incluyó un pagaré emitido el 16 de diciembre del 2011.
Este título valor entregado por Duzac es por los USD 800 000 más los intereses de mora.
Esta es la única garantía de la que se solicita su ejecución dentro del juicio para así poder cubrir el préstamo concedido a 180 días y a una tasa del 9,76%.
En la demanda no se explica por qué y para qué le dieron el préstamo al ciudadano argentino, quien está en Arrecifes, Argentina, y hasta ahora no ha honrado la deuda.
Al especificar la causa y el objeto del crédito se habría probado que la obligación contenida en el pagaré era clara, determinada, líquida y pura, como señala el art. 415 del Código de Procedimiento Civil. El pagaré se venció el 13 de junio de este año y desde entonces debe ser ejecutado.
Según el ex presidente ejecutivo de Cofiec, Antonio Buñay, el crédito se aprobó para adquirir plataformas tecnológicas transaccionales, que iban a ser comercializadas no solo en Argentina, de donde era originaria la compañía exportadora de Duzac. También había posibilidades de hacerlo en Brasil y Ecuador.
La garantía inicial, según el acta del 19 de diciembre del 2011, en la que consta que el Directorio de Cofiec aprobó el préstamo, eran dos certificados de depósitos de Seguros Rocafuerte. Para Buñay, comprendían una garantía adecuada para otorgar crédito. Pero aclaró que “no era competencia del banco saber que los depósitos eran de una empresa incautada”.
Luego estos depósitos fueron reemplazados por una garantía hipotecaria de Agroexportadora S.A., también incautada.
Ninguno de estos dos tipos de garantía se mencionan en el juicio. Según Germánico Maya, presidente del Directorio de Cofiec, “para cobrar un pagaré no hace falta agregar las garantías, pues se ejecutan luego de la sentencia”.
Tres abogados consultados sostienen que, en el proceso de ejecución de la sentencia, el juez necesita que se mencionen todas las garantías, para poder cobrarlas de forma conjunta.
En el proceso tampoco se pide ninguna medida precautelatoria para asegurar el cobro, como lo establece el art. 424 del Código Civil. Por ejemplo, la prohibición de enajenar bienes, la retención de sus bienes muebles o la prohibición de salida del país.
Esta falta de previsión permitió que el 19 de abril Duzac saliera en un vuelo de Lacsa a Argentina, sin que haya vuelto al país.
Otra de las omisiones del juicio es el domicilio de Gastón Duzac.
El 15 de agosto pasado, nueve días después de que se presentara la demanda, el juez pidió a Luzuriaga que justificara que no identificó el domicilio de Duzac.
La funcionaria declaró bajo juramento, el 20 de ese mismo mes, que no conocía el domicilio, pero un día después el juez le pidió que vaya a declarar ante él.
Lo hizo el 23, cuando se emitió un extracto para que se citara por la prensa al argentino Duzac, quien no tenía ni un año de residencia en el país, requisito necesario para recibir esos créditos.
Sin embargo, la ingeniera Patricia Sandoval, el 19 de diciembre en sesión de Directorio, aclaró que el Manual de Crédito establece que los extranjeros deben tener un año de vivir en el país para darles crédito. Y añade que la visa de Duzac es de 180 días por asuntos comerciales. A esto, Diana Macancela, miembro del Directorio, respondió que ya tenía visa 16 de residente y que se presentó para la autorización por parte de la Superintendencia de Compañías.
La Embajada de Irán aclara
La Embajada de la República Islámica de Irán señaló ayer que el argentino Gastón Duzac no ha ingresado a ese país.
A través de un comunicado de prensa, la Embajada dijo que ha sido testigo de noticias publicadas sobre una supuesta visita Duzac, en febrero del 2012, a Teherán, acompañando a la delegación oficial ecuatoriana encabezada por Pedro Delgado, presidente del Directorio del Banco Central.
A respecto, dijo: “esta Misión Diplomática, por medio de este comunicado desmiente enérgicamente la visita del Sr. Gastón Duzac a Teherán en el marco de dicha visita oficial a nuestro país”. Y añadió: “Para mayor aclaración al respecto, se reitera que el mencionado ciudadano argentino nunca ha ingresado al territorio de la República Islámica de Irán hasta la fecha, ni antes, ni durante, ni después de la visita oficial de la delegación ecuatoriana”.
La información sobre la visita de Gastón Duzac a Rusia e Irán provino de un documento con los sellos del Banco Central del Ecuador y del Ministerio de Relaciones Laborales, con fecha 23 de febrero del 2012, luego de haber culminado un viaje a los dos países. Este desplazamiento, según el documento, tuvo la ruta Quito- Miami- Londres-Moscú y Teherán.
En ese documento aparece Pedro Delgado como autor del “informe del cumplimiento de tareas oficiales o servicios institucionales en el exterior”. Ahí constan los nombres de los servidores que cumplieron “tareas oficiales” o “servicios institucionales”.
En la lista oficial están: “Jorge Ponce, Eleana Dalila Vargas Guerra, Alonso Fernando Espinoza Vargas, Gino Antonio Caicedo, Francisco Raúl Avilés Merino y, el ciudadano de nacionalidad argentina Señor Gastón Humberto Duzac (Funcionarios de Cancillería, BCE y UGEDEP)”.