Imagen referencial. Los contribuyentes pueden hacer la proyección de los gastos que tendrán durante el 2021 por alimentación, educación, arte y cultura, salud, vestimenta, vivienda, turismo y por enfermedades raras, catastróficas o huérfanas. Foto: Pixabay
Los trabajadores en relación de dependencia con ingresos anuales que sean superiores a USD 11 212 deben presentar a sus empleadores la proyección de gasto personales hasta el 31 de enero de 2020.
Para el trámite, el Servicio de Rentas Internas (SRI) publicó el formulario válido para este año, el cual está disponible en la página web de la entidad.
Los contribuyentes pueden hacer la proyección de los gastos que tendrán durante el 2021 en consumos de alimentación, educación, arte y cultura, salud, vestimenta, vivienda, turismo y por enfermedades raras, catastróficas o huérfanas. Esto les ayuda a pagar menos impuesto a la renta o, dependiendo del caso, ningún valor. Sin embargo, al final del período deben realizar la liquidación del impuesto.
Las personas con ingresos mayores a USD 100 000 no podrán deducir gastos personales, excepto en los casos en que el contribuyente, su cónyuge o conviviente, o sus hijos económicamente dependientes padezcan de enfermedades catastróficas, raras o huérfanas.
Los límites de deducción para este año se rigen según la siguiente tabla.
El SRI informó este 8 de enero de 2021 que el total de gastos personales deducibles será de hasta el 50% de los ingresos gravados del contribuyente sin que superen los USD 14 575,60 para el territorio continental y USD 26 280,93 para Galápagos.
Los contribuyentes pueden presentar una nueva proyección de gastos personales en julio o agosto de este año. También podrá hacerlo en cualquier mes del año, en el caso de existir un incremento en el sueldo o salario, o cuando los gastos personales proyectados previamente sean superiores a los que efectivamente se estime efectuar.