El Servicio de Rentas Internas (SRI) puso en marcha el nuevo Reglamento de Aplicación a la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno, desde el 8 de junio pasado.
Una vez promulgado en el Registro Oficial, hay varias normas que los contribuyentes deben tomar en cuenta de ahora en adelante, aunque algunas de ellas ya se anunciaron semanas atrás.
Entre ellas están el hecho de que ahora los contribuyentes deberán archivar por siete años todos los documentos que respalden su actividad tributaria (facturas, notas de venta, declaraciones, etc), es decir, un año más de lo que estaba normado.
Además, deberán tomar en cuenta seis cambios principales en la reglamentación (ver notas compartidas). Según el asesor Javier Buenaño, el Reglamento concreta lo que ya se había venido anunciando por parte del SRI.
“Estas reformas afectan de manera más directa a la clase media del país. Los techos a las deducciones, por ejemplo, son discriminatorios. Personas jóvenes, que no son propensas a enfermarse mucho, sino que gastan más en alimentación o en vestimenta, podrán deducir limitadamente su Impuesto a la Renta. Para ellos se da una injusticia tributaria”.
Según el contador Luis Vargas, las reformas “no están mal en su forma, pero sí en su fondo. Si se quiere recaudar más hay que cobrar a quienes más tienen o a quienes no pagan. Con este paquete se está afectando más al común de los ciudadanos”.
Para Carlos David Calero, “es de esperar que en el país se legisle no solamente pensando en recaudar más impuestos y en la culpabilidad de los contribuyentes”.
Desde que el Presidente aprobó el paquete de reformas días antes de finalizar el 2009, se esperaba el reglamento. No obstante, a lo largo de estos seis meses del año, poco a poco se han ido conociendo algunos detalles de su contenido defendidos a capa y espada por el director del SRI, Carlos Marx Carrasco.
Según el funcionario, el objetivo es democratizar el cobro de impuestos, mejorar la cultura tributaria del país y mejorar la gestión de cobro a los contribuyentes.
Esto va de la mano con la necesidad de Rentas de cumplir con la meta de recaudación para este año, que se ubicó en el Presupuesto en torno a los USD 7 300 millones. Por el momento, según el reciente balance del SRI, las recaudaciones, entre enero y mayo de este año, se incrementaron en un 15,3% respecto al mismo período del año pasado. Es decir, hasta el momento, el Fisco ha obtenido un total de USD 3 439,7 millones, USD 455,3 millones más que lo logrado en el 2009.
Los principales cambios que deben tomarse en cuenta
Deducción de gastos
El contribuyente podía deducir hasta USD 11 583 por concepto de gastos en educación, vivienda, salud, alimentación y vestimenta, sin límite en ninguno. Desde el ejercicio fiscal del próximo año, habrán techos a las deducciones. Así, solo los gastos en salud no tendrán límite y se podrán deducir hasta el valor total. El resto de rubros tendrán un tope del 25%, es decir, USD 2 895,75. Eso significa que un contribuyente podrá únicamente deducir gastos por alimentación por ese valor al año, por vivienda igualmente y así en los demás ítems. Esta medida, sin embargo, regirá desde el ejercicio fiscal del próximo año. Para este año no aplican aún los límites.
Impuesto Mínimo
El cobro se aplica bajo una nueva fórmula de cálculo, donde se establece porcentajes sobre los activos, patrimonio, etc. Para comprenderlo, Rentas coloca un ejemplo: si al aplicar la fórmula se obtiene que se debe pagar USD 10 000 de Anticipo, a ese valor se le resta las retenciones realizadas durante el año del ejercicio fiscal. Suponiendo que fueron USD 5 000, lo que queda se paga en dos cuotas. Este valor es un anticipo del Impuesto a la Renta que ahora se convierte en Impuesto Mínimo. Además, los contribuyentes podrán declarar pérdidas por una sola vez durante tres años y pedir la devolución del Anticipo. Antes se pedía cualquier año de pérdida.
Dividendos
La normativaque entró en vigencia señala que cuando se paguen dividendos o utilidades a favor de sociedades domiciliadas en paraísos fiscales o jurisdicción de menor imposición, debe efectuarse la correspondiente retención en la fuente del Impuesto a la Renta (IR). Según los expertos tributarios, con ello se estaría tributando un total del 35% (25% que paga la empresa cuando liquida sus utilidades y luego el 10% a través de la retención, cuando todas las empresas tributan solo el 25%). Sin embargo, el SRI señala que de ninguna manera se está cobrando más y que además, no es un valor más alto de lo que se cobra en la mayoría de países por concepto de IR.
Devolución del IVA
Los turistas que compran bienes producidos en el país, y cuyas facturas superan los USD 50, podrán exigir a Rentas la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Esos productos deben ser llevados a sus países de origen. Todavía no se ha establecido el mecanismo de devolución. Aunque el ministro de Turismo, Freddy Ehlers, dijo que esta acción permitirá impulsar a la primera actividad económica del país, los contribuyentes tienen sus dudas. Francisco León, propietario de una tienda de artesanías, cree que “hubiera sido mejor no cobrar el IVA a los turistas en facturas de más de USD 50 y evitarse trámites burocráticos”.
RISE a los voceadores
La importación y comercialización de periódicos y revistas deben cancelar un Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 12%. Esta medida ha ido ajustándose en su procedimiento técnico en las últimas semanas, específicamente, en la posibilidad de formalizar, de alguna manera, a los voceadores de periódicos y revistas. Por ello, el SRI impulsa un plan de afiliación al Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano (RISE), un sistema impositivo para pequeños comerciantes. Los voceadores que se afilian a este sistema no podrán ser retenidos el valor del IVA. Aún queda por determinar desde qué fecha debe empezar a retenerse este valor.
Retenciones
La retención en la fuente aumentó del 8 al 10% para los servicios profesionales tiene una puntualización clave. La medida aplica solo para aquellos servicios prestados por profesionales que tienen la constancia de su título incorporado en las facturas que emiten. Esta decisión ya está vigente desde este mes y Rentas espera recaudar alrededor de USD 4 millones anuales. Esto ha generado inconformidad entre los profesionales que ven la medida como demasiado generalizada. La principal crítica es que con entregar un mayor porcentaje al Fisco, la liquidez de los profesionales se reducen y eso impacta a los hogares.