El Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (Rimpe) es una opción tributaria simplificada en Ecuador, dirigida a pequeños negocios y emprendedores. Obtenerlo es un proceso fácil que puede completarse en lÃnea a través del portal del Servicio de Rentas Internas (SRI).
Más noticias
Toda persona que desee iniciar un negocio en Ecuador debe inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes (RUC). Si cumple con los requisitos, podrá acogerse al Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (Rimpe) desde el inicio de sus actividades.
Para registrarse, es necesario tener una cuenta en el portal del SRI en LÃnea. Si aún no la tiene, debe crear un usuario y contraseña. Además, se requiere contar con una cédula de identidad vigente y completar los pasos en la página web. También puede hacerlo de forma presencial en las agencias del SRI.
Los requisitos principales son: los ingresos brutos anuales no deben superar los 300 000 dólares, no pueden tener más de nueve empleados en su negocios y no deben estar en la lista de exclusiones del Servicios de Rentas Internas (SRI).
El Rimpe abarca dos tipos de contribuyentes: Negocios Populares y Emprendedores. La diferencia clave radica en los ingresos anuales y la naturaleza jurÃdica del negocio.
Rimpe para negocios Populares
En este grupo están las personas naturales que generan ingresos anuales de hasta 20 000 dólares. No requieren constituirse como sociedad y pueden desempeñar actividades como bazares, tiendas de abarrotes, ferreterÃas, peluquerÃas o papelerÃas.
Los negocios populares deben emitir notas de venta o facturas electrónicas, incorporando la leyenda ‘Negocio Popular – Régimen Rimpe’. Si superan el lÃmite de ingresos, deberán cambiar de categorÃa para el siguiente ejercicio fiscal.
Este grupo debe declarar y pagar de el impuesto a la renta de forma anual en el mes de mayo. Se aplica una tabla progresiva que van desde 0 hasta 60 dólares, dependiendo del monto de ventas. No deben presentan declaraciones de IVA, ya que el pago del impuesto está incluido en la cuota.
Rimpe para emprendedores
Son personas naturales o jurÃdicas con ingresos anuales entre 20 000 dólares y 300 000 dólares, que no estén vinculadas a otras sociedades ni realicen actividades excluidas del régimen.
Están obligados a emitir comprobantes electrónicos con la leyenda ‘Contribuyente Régimen Rimpe’, tanto para ventas como para retenciones.
El Impuesto a la Renta se calcula sobre la base de ingresos brutos, menos descuentos y devoluciones, y se liquida de forma anual. Cada mes de abril deben declarar y pagar el impuesto las sociedades y en mayo las personas naturales.
La tasa del impuesto puede ir del 1% al 2%, según el monto de ingresos. También pueden aplicar rebajas por gastos personales.
En cuanto al IVA, los contribuyentes deben presentar declaraciones semestrales. Si requieren devoluciones del impuesto, deberán hacerlo en los plazos establecidos. También pueden optar por declaraciones mensuales.
Actividades no sujetas al Rimpe
- Actividades relacionadas a contratos de construcción y actividades de urbanización, lotización y otras similares (Arts. 28 y 29 de la Ley de Régimen Tributario Interno).
- Actividades profesionales, mandatos, representaciones y comisionistas.
- Actividades de transporte (excepto taxis).
- Actividades agropecuarias.
- Actividades de comercializadoras de combustible.
- Actividades en relación de dependencia.
- Arrendamientos de bienes muebles e inmuebles.
- RegÃmenes especiales.
- Inversión extranjera directa y actividades en asociación pública-privada.
- Sector de hidrocarburos, minerÃa, petroquÃmica, laboratorios médicos y farmacéuticas, industrias básicas, financiero, seguros y EconomÃa Popular y Solidaria.
- Prestación de servicios gravados con el ICE.
- Los sujetos calificados como artesanos.