Tribunal arbitral reconoce argumentos de Ecuador en litigio contra Chevron

El Tribunal Arbitral que conoce el caso Chevron III contra el Ecuador emitió hoy jueves 12 de marzo del 2015 un dictamen que reconoce parte de los argumentos del Ecuador dentro del ligio contra la petrolera estadounidense.

El caso Chevrón III es una demanda arbitral interpuesta por la petrolera contra el Ecuador a escala internacional en la que exige que el Estado ecuatoriano pague cualquier indemnización a favor de los afectados de la Amazonía por una supuesta contaminación provocada por Texaco en las décadas de los 70 y 80.

Chevron compró Texaco en el 2002 y argumenta que el Estado ecuatoriano absolvió a la petrolera de cualquier responsabilidad al firmar un acuerdo en 1995, en el cual declaraba que la petrolera tomó todas las medidas de remediación de pasivos ambientales antes de salir del país.

Mediante un comunicado emitido hoy por la Procuraduría, el Tribunal Arbitral concluyó que “la demanda de Lago Agrio (los afectados por Texaco, ndlr) incluye derechos individuales, lo que implica que el Acuerdo de Liberación suscrito entre el Estado ecuatoriano y Texaco en 1995, no fue un impedimento para la presentación de la demanda ambiental".

En segundo lugar, el Tribunal tampoco “aceptó el argumento de Chevron–Texaco, relativo a un supuesto impedimento producido por el Acuerdo de Liberación de 1995 que, al constituir Cosa Juzgada, imposibilitaba el inicio del juicio de Lago Agrio”, señaló la Procuraduría.

Finalmente, el Tribunal coincidió con el Ecuador al sostener que los reclamos en el caso Aguinda –planteado por los demandantes de Texaco en 1993 ante las Cortes de Nueva York– “se refieren a derechos materialmente similares a los litigados en el Caso de Lago Agrio, razón por la cual el juicio ambiental en el Ecuador es una continuación del litigio en Nueva York.”

No obstante la emisión de esta decisión, queda pendiente por parte del tribunal resolver si el Ecuador violó o no los Acuerdos de Liberación; y la determinación de los efectos específicos que los cambios en la legislación ambiental pudieron haber producido después de la suscripción de los Acuerdos de liberación.

El Procurador Diego García aclaró que la defensa del Estado se reserva todos sus derechos con respecto a las decisiones del Tribunal, particularmente por haber actuado sin competencia, aplicando un Tratado Bilateral de Inversiones que entró en vigencia mucho tiempo después de que el inversionista saliera voluntariamente del país.

El portavoz de Chevron, James Craig, indicó al respecto que una corte federal de Estados Unidos dictaminó que la sentencia ecuatoriana contra Chevron fue producto de un fraude, corrupción y cohecho.

“La decisión provisional dictada hoy por el Tribunal no cambia este hecho. Simplemente difiere la pregunta sobre si Ecuador, al dictar esa sentencia, violó sus compromisos contractuales con Texaco. Chevron presentará sus argumentos sobre estos puntos a medida que el arbitraje continúe progresando. La empresa continuará tomando las acciones necesarias para establecer la responsabilidad del gobierno de Ecuador por el papel que ha jugado en la promoción de este caso fraudulento", dijo Craig.

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