La asambleísta Cristina Reyes manifestó estar “absolutamente de acuerdo” con la resolución emitida por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera. Foto: Flickr / Asamblea Nacional
La Resolución 463 de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera da un plazo de 30 días a las entidades financieras para comprobar la existencia de documentos o pruebas de débito a sus clientes, en casos de reclamo. El plazo comenzó a correr el pasado 26 de octubre, cuando se emitió la norma.
Cuando no existan tales autorizaciones, las entidades financieras procederán a realizar las devoluciones sobre el monto del reclamo, más los intereses causados, calculados desde la fecha en la que ocurrieron los débitos o cargos objeto del reclamo hasta la fecha de devolución total, indicó hoy 30 de octubre la Junta en un comunicado.
Juan Cristóbal Lloret, asambleísta de la Revolución Ciudadana, comentó que la resolución está poniendo en manos del cliente la responsabilidad de demostrar el cobro indebido, cuando son las empresas en asociación con los bancos las que deberían presentar los respaldos de los cobros.
Comentó que la próxima semana presentará una propuesta de reforma, especialmente para fortalecer el papel de la Superintendencia de Bancos en el control de este tema.
Por su parte, la parlamentaria Cristina Reyes, por el partido Madera de Guerrero, manifestó estar “absolutamente de acuerdo” con la resolución emitida. “Si fue tan fácil para ellos hacer una llamada y por subjetividades, sin la autorización expresa del cliente, le descontaron, pues estas devoluciones deben ser expeditas, para que nunca más se burle a los ciudadanos”.
Añadió que el asambleísta Henry Cucalón, jefe de la bancada, presentó un proyecto de reforma al Código Monetario y Financiero para que estos cobros sean autorizados de forma escrita o digital por el cliente.
Estos montos debitados en las cuentas bancarias o cargados a la tarjeta de crédito del cliente son por servicios no financieros, que comúnmente ofrecen empresas que brindan servicios de asistencias médicas, del hogar, mecánicas o de otro tipo. Los productos suelen comercializarse vía “call center”.
Para facilitar los reclamos de los clientes, añade la resolución de la Junta, las instituciones financieras deberán habilitar todos los canales físicos o tecnológicos que estos requieran, incluyendo líneas telefónicas específicas, accesos a las páginas web o las indicaciones en los estados de cuenta.
En los primeros nueve meses del año, las entidades financieras recibieron 51 218 reclamos por cobros indebidos, según datos de la Superintendencia de Bancos. Además, desde enero hasta mediados de este mes, la banca ha devuelto a sus clientes por cobros no autorizados alrededor de USD 1,7 millones.
Este miércoles, 31 de octubre, comparecen en la Defensoría del Pueblo por este caso los representantes de las superintendencias de Bancos, Compañías, Control de Poder del Mercado y la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera.