Asamblea se allanó al veto parcial del Ejecutivo sobre la reforma tributaria

El Pleno de la Asamblea Nacional se allanó hoy al veto parcial del Ejecutivo sobre la reforma tributaria, denominada Ley de Redistribución de los Ingresos para el Gasto Social. Con esta decisión, la norma legal será remitida al Registro Oficial para su publicación. Para el allanamiento hubo 81 votos, según un comunicado de la Asamblea.

El objetivo de la Ley es financiar, con recursos de la banca privada, el incremento del Bono de Desarrollo Humano, de USD 35 a 50, a partir de enero del 2013.  Esta fue una oferta del Ejecutivo, en respuesta a la propuesta que hiciera el candidato a la Presidencia, Guillermo Lasso.

Con esta nueva norma se elimina el beneficio de la reducción de 10 puntos porcentuales en el Impuesto a la Renta para los bancos, cuando reinvierten sus utilidades para el otorgamiento de créditos productivos. Este es un incentivo que está vigente para el  resto de sectores económicos. Además, se cambia la fórmula de cálculo del anticipo de Impuesto a la Renta de los bancos y de las sociedades financieras, según la cual se calculará considerando el 3% de sus ingresos gravados del ejercicio anterior. En dicha propuesta se deja en claro que mediante decreto ejecutivo se puede rebajar dicha tarifa hasta el 1% previo informe del SRI y del Ministerio respectivo si el caso lo amerita.

Asimismo, se cobrará el 12% de IVA en los servicios financieros y se determina la posibilidad de solicitar la devolución del crédito tributario por el pago  del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) que no haya podido ser recuperado en cuatro ejercicios fiscales. La nota de crédito que se genere por esta  devolución podrá ser negociable en el mercado.

También, se elimina el sigilo bancario, con lo cual las instituciones financieras deberán remitir información de sus clientes al Servicio de Rentas Internas (SRI), sin necesidad de intermediación de autoridad alguna.

La nueva norma grava con un impuesto a los activos de los bancos en el exterior y también a las inversiones en paraísos fiscales.

Las instituciones financieras privadas y compañías emisoras y administradoras de tarjetas de crédito, excepto las asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda, pagarán el 3% de los ingresos gravables del ejercicio anterior, porcentaje que podrá ser reducido hasta el 1%, previo informe del Ministerio encargado de la política económica y del Servicio de Rentas Internas.

Suplementos digitales