Votación de la Ley Laboral en la Asamblea Nacional el 17 de marzo del 2016. Foto: Eduardo Terán / EL COMERCIO
El proyecto de Ley, aprobado hoy 17 de marzo del 2016 por la Asamblea, introdujo la opción voluntaria para que los trabajadores y trabajadoras tengan más tiempo para cuidar a sus hijos recién nacidos.
El artículo 5 del proyecto de Ley, que aún debe ser sancionado por el Ejecutivo, introduce la licencia o permiso sin remuneración para el cuidado de los hijos.
El texto plantea que el trabajador o trabajadora, luego de terminada la licencia regular remunerada de 3 meses para la madre y 15 días para el padre, tendrán derecho a una licencia opcional y voluntaria sin remuneración hasta por nueve meses adicionales para el cuidado de sus hijos recién nacidos.
Durante el período de licencia sin remuneración, el padre o la madre podrán solicitar los fondos de cesantía acumulados en la seguridad social a partir del tercer día de terminada la licencia regular. Estos recursos serán entregados el día 61, contados a partir de la presentación de dicha solicitud.
Además, en ese lapso tendrán garantizadas las prestaciones de salud por parte de la seguridad social y los costos que estas generen serán con cargo al Ministerio de Salud.
Como incentivo, la ley plantea que la contratación de un trabajador para reemplazar al trabajador o trabajadora que se acoja a esta licencia voluntaria estará exenta del pago del 35% de recargo que tienen este tipo de trabajo.
Además establece que si el padre o la madre que utilizó la licencia fuesen desvinculados por hacer uso de este beneficio se considerará el despido ineficaz.
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