Con 109 votos afirmativos, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó este 18 de febrero del 2020 la Ley de Pesca. Foto: Twitter Asamblea Nacional
El Pleno de la Asamblea Nacional aprobó este martes 18 de febrero del 2020 el proyecto de Ley de Acuacultura y Pesca. La iniciativa, que fue tramitada por la Comisión de Soberanía Alimentaria y Desarrollo del sector Agropecuario y Pesquero, obtuvo el respaldo unánime de todos los presentes. Fueron 109 votos afirmativos.
Lenín Plaza, presidente de la Comisión de Soberanía Alimentaria y ponente de este proyecto de Ley, mencionó que durante el debate se acogió el mayor número de observaciones posibles.
En el artículo 61 relacionado con la concesión en zonas de playa y bahía para actividades acuícolas, aclaró que, aparte de los requisitos establecidos en el reglamento, se deberá observar la normativa legal vigente.
Luego de este punto también se incluyó un inciso final, a la disposición general quinta, que prohíbe el otorgamiento de concesiones para ejercer actividad acuícola sobre zonas nuevas de playa y bahía, con excepción de aquellas sujetas a su regulación.
Plaza destacó, además, que en esta norma se podrá controlar y sancionar la pesca ilegal no declarada y no reglamentada. De esta manera, el país respetará los instrumentos internacionales, ratificados por el Ecuador.
Tras esta exposición, Plaza propuso que se apruebe este proyecto de Ley, que resulta clave tanto para el sector productivo como para los socios comerciales del Ecuador.
La Unión Europea emitió a fines de octubre del 2019 una ‘tarjeta amarilla’ para Ecuador. Esta medida, considerada como una alerta, se tomó luego de detectar deficiencias en el país andino y para garantizar que sus exportaciones al bloque europeo no provengan de actividades de pesca ilegal.
Ante esto, el bloque europeo ha manifestado que se podría llegar a un acuerdo si se cuenta con un marco legislativo satisfactorio.
La Ley de Acuacultura y Pesca contiene 229 artículos, siete disposiciones generales, 14 disposiciones transitorias, dos disposiciones reformatorias, 2 derogatorias y una disposición final. Y una vez que fue aprobada en la Asamblea se deberá remitir al Ejecutivo para que realice las observaciones que considere.