Los viajeros pueden ingresar al país con un cierto numero de artículos como efectos personales, sin pagar impuestos. Foto: Archivo / EL COMERCIO
El primer feriado largo del 2020 en el Ecuador se acerca y muchas personas ya están planificando salir del país durante los días de asueto por el Carnaval, desde el 22 al 25 de febrero. Los viajeros aprovechan sus salidas para traer productos desde el exterior. Pero, ¿Qué está permitido ingresar por los aeropuerto del país sin pagar impuestos?
Aparicio Vega Egas, asesor aduanero y presidente del Grupo Alaire, habló este jueves 13 de febrero del 2020 sobre los productos que las personas pueden traer libres de impuestos a Ecuador.
Los viajeros pueden ingresar todos los artículos considerados como efectos personales sin pagar impuestos, ya sea el ingreso vía terrestre o por los aeropuertos. En la página de la Aduana del Ecuador Senae hay un listado detallado de los productos que no pagan aranceles.
Aparicio Vega Egas detalló algunos de los productos nuevos o usados que no pagan impuestos al llegar a los aeropuertos del país, como: joyas, un televisor de hasta 32 pulgadas, un dron de hasta USD 500, herramientas, implementos para adultos mayores o con discapacidad, dos accesorios de consolas para videojuegos, una impresora de escritorio de hasta USD 300, monitor portátil de hasta 24 pulgadas, computador portátil, teléfono satelital, medicamentos de uso personal, tres botellas de licor, un cartón de cigarrillos, entre otras.
Quienes ingresan al Ecuador por vía terrestre también pueden traer artículos considerados como efectos personales. Entre los más comunes están: ropa, artículos de tocados, bienes de uso profesional, herramientas, equipos para acampar, maletas, bolsos, unidades de almacenamiento de video, música, datos, utensilios de cocina no eléctricos. Una unidad usada de cámara fotográfica, filmadora, celular, agenda electrónica, equipo de GPS, computador portatil, etc.
Las personas que ingresen al país con productos distintos a los especificados en el listado de la Senae deben realizar una declaración simple a su ingreso al Ecuador. Además deben cancelar el impuesto especificado, esto lo pueden hacer en la oficina de banco instalada en la terminal aérea y retirar inmediatamente su producto. El pago se lo puede realizar con tarjeta o efectivo, aclara el asesor aduanero.
Los productos traídos por los viajeros no deben ser para comercializarlos. Las personas que realizan esta actividad están cometiendo una ilegalidad pernada por la ley.
Sin embargo, para aquellos emprendedores que deseen importar productos pueden hacerlo y es muy sencillo, señala Vega. Lo pueden hacer como personas naturales o jurídicas.
Las personas naturales que deseen importar deben primero comprar un token o firma electrónica en el Registro Civil o en el Banco Central. Con esto, su número de cédula y el Registro Único de Contribuyentes (RUC) se van a la página del Senae y se registran como importadores habituales. Con ese registro se puede hacer importaciones o exportaciones. agregó el asesor.
Las personas jurídicas también deben registrarse como importadores y tener el RUC. Además, deben contar con la escritura de constitución de la compañía y el nombramiento del representante legal.
Los viajeros pueden aprovechar sus viajes para escultar productos que acá en el Ecuador pueden ser un buen negocio, agregó el asesor aduanero.
En el set de entrevistas de EL COMERCIO, el ejecutivo comentó cómo se realizan los controles para detectar los objetos que no son personales de los viajeros e los ingresos al país.