Imagen referencial. El Ministro de Cultura confirmó este 25 de enero del 2018 que desde el 26 de enero los gastos en arte y cultura serán deducibles en declaración al SRI. Foto: Archivo/ EL COMERCIO.
En el sitio web del Servicio de Rentas Internas (SRI) se encuentra disponible la nueva versión del anexo de retenciones en la fuente bajo relación de dependencia (RDEP), del periodo fiscal 2017.
Los empleadores deben presentar el anexo con la información relativa a las retenciones en la fuente del impuesto a la renta (IR) de ingresos del trabajo, realizadas a sus trabajadores, en el período comprendido entre el 1 de enero y 31 de diciembre de cada año.
Para este año, el anexo presenta cinco cambios: nuevos valores del IR, según la tabla 2018, incorporación de nuevos rangos deducibles por discapacidad en la sección de exoneración, eliminación de la sección de contribuciones solidarias, nuevos porcentajes de discapacidad y deducción de gastos personales por arte y cultura.
Los beneficios aplican para aquellas personas cuya discapacidad es igual o superior al 30% y los valores de descuento van del 60 al 100%.
En el caso de la deducción de gastos personales por arte y cultura, el SRI indicó que en los próximos días se emitirá una circular con los consumos que se podrán reducir.
Esta semana, Raúl Pérez Torres, Ministro de Cultura y Patrimonio, indicó que se pueden considerar pagos por conceptos de formación, instrucción, formal y no formal, y consumo de bienes o servicios relacionados con las artes vivas y escénicas; artes plásticas, visuales y aplicadas; artes literarias y narrativas; artes cinematográficas y audiovisuales; artes musicales y sonoras; promoción y difusión de la memoria social y el patrimonio. El nuevo anexo puede ser descargado en la página web www.sri.gob.ec