Luis Florido (izq.), presidente de la Comisión de Política Exterior del Parlamento venezolano, entrega a Luis Almagro (der.) secretario general de la Organización de Estados Americanos (OEA), el pedido formal de invocación de la Carta Democrática Interamericana y un informe sobre la “crítica situación de Venezuela en varios frentes”durante su encuentro en Washington (EE.UU.). EFE
Venezuela podría convertirse en pocos días en el primer país al que se le aplica la Carta Democrática Interamericana en contra de la voluntad de su gobierno, en los 15 años de historia de este instrumento, cuya última consecuencia es la suspensión de su pertenencia a la OEA.
Luis Almagro, secretario general de la Organización de Estados Americanos (OEA), decidirá en los próximos días si da un paso que ninguno de sus predecesores se atrevió a dar: someter a examen de los 34 países miembros el estado de la democracia en una nación sin la solicitud o aprobación de su gobierno.
Para invocar la Carta, Almagro debe recurrir al artículo 20, que autoriza al secretario general o a cualquier Estado miembro a pedir la convocatoria inmediata del Consejo Permanente cuando en un país de la organización “se produzca una alteración del orden constitucional que afecte gravemente su orden democrático”.
El Consejo, en el que cada embajador tiene un voto, decidirá si existe esa “alteración” por mayoría (18), una consideración que es puramente política, según explicó a la prensa recientemente uno de los redactores de la Carta, el actual secretario de
Asuntos Jurídicos de la OEA, Jean Michel Arrighi. Si considera que ese es el caso, el Consejo puede aprobar distintas medidas, entre ellas las gestiones diplomáticas para “promover la normalización de la institucionalidad democrática”.
De fracasar estas, o si el caso es urgente, el Consejo puede convocar de inmediato una Asamblea General extraordinaria, para lo cual son necesarios dos tercios de los votos de los embajadores.
En esa Asamblea, que puede volver a intentar las gestiones diplomáticas, dos tercios de los cancilleres pueden suspender la pertenencia del Estado en la organización si consideran que “se ha producido la ruptura del orden democrático“, de nuevo una consideración política.