María Dolores Miño: ‘Un ajuste al Código de la Niñez no cambiará el chip’

Galo paguay/ el comercio

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Dolores Miño es especialista en derechos humanos. Foto: Galo Paguay / EL COMERCIO

Entrevista a María Dolores Miño, abogada y catedrática de la UDLA.

El presidente Rafael Correa anunció una reforma al Código de la Niñez y Adolescencia. Adelantó que “van a corregir los abusos que se cometen”. ¿Qué se debe ajustar?

No es un tema de mala redacción legislativa, que puede mejorar. Los jueces no entienden principios constitucionales que rigen el tema de familia. Además hay una cultura que va hacia lo patriarcal. No se asume que los deberes de cuidado corresponden a mamá y papá. Si por una razón ajena al niño, no están los dos padres juntos, uno dice ¿por qué tengo que pagar? El estándar es que un niño que no habita con ambos padres no tenga una vida dramáticamente distinta a la que hubiera tenido dentro de un matrimonio.

Entonces, ¿el tema no se arregla en la Asamblea?

Algunas veces, cuando la pareja se separa, también se desembaraza del niño. Eso va más por el lado de la psicología o sociología, que del derecho. Una reforma no va a cambiar ese chip mental.


Pero grupos de padres se quejan porque si no pagan no les permiten ver a sus hijos. ¿Hay dificultades en la aplicación de la ley?


Hay un error jurídico al mezclar dos situaciones: una es el régimen de alimentos, un derecho del niño, que se ejerce a través de quien tiene su patria potestad y tenencia, y otra, el régimen de visitas, que es independiente de la capacidad de pagar del alimentante.

¿La tenencia de los hijos debe otorgarse preferentemente a las madres?

Apoyo a colegas de la USFQ, que presentaron una acción de inconstitucionalidad al Código porque establece una preferencia en la tenencia a las madres. Está mal, no porque facilita que las mujeres sean quienes cobren la pensión de alimentos de los hijos. Es porque la preferencia es anacrónica, hay padres de lujo.

El Presidente pone en la cancha el tema de la ‘corresponsabilidad’. ¿Cuál es su lectura?

Al escucharlo mi primera idea fue que no ha leído el Código. La norma jamás -y es un mito a romper- establece que la mamá reciba plata y el papá pague. Esa figura jurídica no existe. En el texto se maneja un lenguaje de alimentante, alimentado y la persona que tiene la tenencia y puede ser indistintamente, mamá o papá.

En la mayoría de casos, los hijos se quedan con la madre y el padre paga...

Es cierto. La ley está concebida así. Pero conozco mujeres alimentantes, son menos, pero existen, no se les hace excepciones. También hay abuelos y tíos que reciben pensión.

En el 2009 se reformó el Código, se añadió una tabla para fijar pensión por ingreso. Los padres que se reunieron con Correa dicen que se abusa y que los montos no les permiten rehacer sus vidas.

Cuando un Presidente de la República dice yo haré una ley para beneficiar a este grupo, que es perjudicado por este otro, esa ley ya adolece de inconstitucionalidad porque va a regular casos específicos.

¿En un Código cómo se puede valorar el trabajo de cuidado y crianza?

Según el principio de corresponsabilidad, uno de los dos entrega una subvención económica pues se entiende que quien vive con el hijo hace un trabajo no remunerado. Se desvela, le lleva y trae de la fiesta, el curso... Se compensa al calcular alimentos, uno aporta con la labor de cuidado. Es como un bonus por pasar al pie del cañón.

¿Hay madres abusivas?

Todos conocemos a mujeres que usan el dinero para pasarse en la peluquería. Pero si vamos a hablar de abusos recordemos a los hombres que por no pagar una pensión renuncian a sus trabajos o facturan a través de terceros, eso se llama fraude. Buscan evadir una obligación jurídica y no hay una forma de castigar eso.

¿El interés superior del niño queda desprotegido en medio de la pugna?

Sí. La pensión es vista, a veces, como un sistema de chantaje y venganza. El papá se desquita de la mamá depositándole los últimos días del mes.

¿Los niños de matrimonio tienen más derechos que los que viven solo con mamá o papá?

Claro. ¿Qué dirán los padres casados? Ellos tendrían menos derechos que quienes no viven con las madres de sus hijos. Un casado, cada vez que sale con su hijo paga por helados, si se enferma desembolsa USD 400 en la clínica; varias veces compra regalos para la fiesta del amigo; se desvela como la mamá... No se ha fijado un tope de todo eso para ellos.

¿La tenencia compartida es una fórmula para rebajar el monto de la pensión?

Parecería que en algunos casos no hay un interés legítimo de los papás de pasar más tiempo con sus hijos. Y que malentienden las visitas como una forma de canje a sus obligaciones económicas.

¿La ley debe determinar una forma de controlar en qué se gasta la pensión?

Van a encontrar que se gastó en medias nylon y dirán que malgasta la plata. Quizá será argumento para pelear por la tenencia. Eso de fiscalizar a la mamá es tan absurdo como revisar el tiempo que el padre usa para trabajar o conseguir más ingresos. La ley debe regular situaciones generales.

¿La tabla sirve o no?

Claro, no se puede fijar un techo. El derecho del niño es vivir en condiciones similares a las de sus padres. Si la familia entra en quiebra, así le toca. Si se gana la lotería, igual.

¿La figura del apremio, que no excede de 60 días, es válida aún?

Si está desempleado no debería ir preso. Pero eliminar el apremio sería volver al pasado, donde no había una salida para el incumplimiento en el pago de la pensión.

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